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Comité de Selección de SEDAPAR descalifica Ofertas de Tres Postores sin explicar Motivos de su decisión

Comité de Selección de SEDAPAR descalifica Ofertas de Tres Postores sin explicar Motivos de su decisión

La Empresa de SERVICIO DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE AREQUIPA convocó la Adjudicación Simplificada N° 023 – 2016 – SEDAPAR S.A., cuyo objeto es la Ejecución de la Obra: “RENOVACIÓN DE REDES DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE URB. SATÉLITE GRANDE, JOSÉ LUIS BUSTAMANTE Y RIVERO, AREQUIPA” por un Valor Referencial de S/. 1´559,078.79.

El día de ayer 1 de Diciembre el Comité de Selección publicó en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado (SEACE) el Acta de Otorgamiento de la Buena Pro,  grande ha sido la Sorpresa e Indignación de Tres Postores al enterarse que han sido descalificados por el Comité de Selección por, supuestamente, no haber acreditado el equipamiento requerido en las Bases Integradas.

El Comité de Selección validó una sola Oferta perteneciente al CONSORCIO SATÉLITE GRANDE, integrado por CONSTRUCTORA POSEIDÓN S.A.C. y H&U INGENIEROS S.A.C., quien presentó una Oferta Económica al 90% del Valor Referencial de la Contratación (Igual que los postores descalificados)

El Comité de Selección olvida o desconoce que, de conformidad con lo establecido en el numeral 1.2 del artículo IV del Título Preliminar de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, todo Acto Administrativo debe ser motivado exponiendo debidamente las razones de hecho y de derecho que justifiquen la decisión que se adopte, mediante una relación concreta y directa de los hechos. La Falta de motivación del Acto Administrativo acarrea indefensión del Administrado al desconocer el alcance real y expreso de las decisiones tomadas por la Administración.

En consecuencia El Acto de Otorgamiento de la Buena Pro, a que hacemos referencia, adolece de un Vicio insubsanable de Nulidad en la medida que carece de un requisito de validez, como es la debida motivación, razón por la cual corresponde que el Titular de la Entidad Declare Nulo de Oficio dicho Acto, disponiendo que se retrotraiga el Procedimiento de Selección a la Etapa de Otorgamiento de la Buena Pro a efectos de que el Comité de Selección Motive debidamente su decisión, de tal forma que los Postores conozcan, de manera sustentada, las razones fácticas y jurídicas por las cuales el colegiado determinó que sus Ofertas No sean admitidas.

Esperamos que el Órgano de Control Institucional de la Entidad, la Sub Dirección de Riesgos del OSCE y la Contraloría General de la República intervengan de manera oportuna en este bochornoso caso.

Editor

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1 Comment

  • HELBERT HUBERT , 2 diciembre, 2016 @ 2:59 pm

    REALMENTE ES UNA VERGUENZA LO QUE ESTA SUCEDIENDO NO SOLO EN SEDAPAR IS NO EN TODAS LAS ENTIDADES DEL ESTADO QUE MANEJAN RECURSOS Y LA AUTORIDADES QUE DEBEN FISCALIZAR ESTOS ACTOS BIEN GRACIAS
    EL PROBLEMA ES LA LEY Y SU REGLAMENTO DE CONTRATACIONES DEL ESTADO QUE ES UNA PUERTA ABIERTA PARA LA CORRUPCIÓN.
    LA OSCE ES SOLO UNA ENTIDAD RECAUDADORA?

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