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Conoce qué dice la norma internacional anti soborno

Conoce qué dice la norma internacional anti soborno

La lucha contra la corrupción es uno de los principales objetivos que tiene este gobierno. En ese sentido, en enero de este año publicó una norma que amplía la responsabilidad penal para las empresas. En ese sentido, ya no solo podrá ser sancionada la empresa por el delito de cohecho activo transnacional, sino que también podrían responder penalmente por el cohecho activo genérico, el cohecho activo específico, el lavado de activos y el financiamiento al terrorismo.

En caso una empresa sea encontrada culpable de casos de corrupción puede ser multada, ver clausurados sus establecimientos, ver suspendidas sus actividades e, incluso, puede verse disuelta, explica José Caro John, socio del estudio Payet, Rey, Cauvi, Pérez Abogados.

El reglamento de esa norma aún no ha sido publicado, pero las empresas pueden tomar como referencia una norma ISO internacional para empezar a elaborar un plan de cumplimiento y así evitar responsabilidad o atenuar responsabilidad penal.

La norma ISO 37001 “Sistema de Gestión anti-soborno” fue publicada en diciembre del año pasado. La norma especifica las medidas que las organizaciones deben adoptar para evitar prácticas de soborno. Entre estas medidas están la adopción de una política anti-soborno, el nombramiento de una persona o conjunto de personas encargadas de supervisar el correcto funcionamiento del sistema de gestión para controlar su incumplimiento, la evaluación de los riesgos y la debida diligencia en proyectos y socios de negocios, la aplicación de controles financieros y comerciales, y los procedimientos de información e investigación, detalla Intedya, International Dynamic Advisors.

Intedya señala que la ISO 37001 es especialmente recomendable para actividades con relaciones con gobiernos y grandes corporaciones. Caro John, por su parte, opina que “[La ISO 37001] es el referente fundamental porque es el producto de las aportaciones de Transparencia Internacional, la OCDE y la comisión anticorrupción. […] Sirve de fuente normativa para las políticas de cumplimiento”.

Fuente El Comercio

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