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Contraloría aprueba reglamento que complementa ejercicio de facultad sancionadora

Contraloría aprueba reglamento que complementa ejercicio de facultad sancionadora

contraloriaLima, jun. 05 (ANDINA). El Tribunal Superior de Responsabilidades Administrativas resolverá las apelaciones a los fallos sancionatorios por faltas administrativas graves o muy graves en perjuicio del Estado, impuestos a los funcionarios públicos, informó hoy la Contraloría.

Según el reglamento aprobado por la Contraloría General de la República, en estos procesos se respetarán los principios del debido proceso conforme al citado documento, publicado el Diario Oficial El Peruano.

De acuerdo al reglamento, el funcionario público podrá apelar una sanción impuesta en un plazo de 15 días hábiles de notificada la resolución. El Tribunal deberá resolver el caso dentro de los 10 días hábiles siguientes de haber declarado que el expediente se encuentra listo para ser resuelto.

Según la Ley 29622 y su Reglamento (aprobado por D.S. 023-2011-PCM), se especificaron 47 conductas y sus agravantes que son consideradas graves o muy graves.

De acuerdo a ello, las sanciones por faltas administrativas podrían ser la inhabilitación para el ejercicio de la función pública de uno a cinco años o la suspensión temporal en el ejercicio de sus funciones, sin goce de remuneraciones, de 30 a 360 días calendario.

Como se conoce, el Procedimiento Administrativo Sancionador que puso en marcha la Contraloría, en ejercicio de su capacidad sancionadora, está compuesto en primera instancia por los Órganos Instructores (que investigarán irregularidades administrativas identificadas en los informes de control y recomendar una sanción); y el Órgano Sancionador (imponer o desestimar la sanción propuesta).

El Tribunal Superior es la segunda y última instancia a la que deben acudir los funcionarios que no estén de acuerdo con la sanción administrativa. Este es un órgano colegiado integrado por cinco vocales elegidos por concurso público de méritos.

Este organismo se encuentra instalado y tiene su sede en Lima, habiendo el reglamento previsto la posibilidad que pueda sesionar de manera descentralizada y pueda crearse salas adicionales para desconcentrar y resolver los procesos.

La puesta en marcha de la capacidad sancionadora de la Contraloría marca un hito en la lucha contra la impunidad, toda vez que se constituye en un referente para la imposición de sanciones a servidores y funcionarios públicos independientemente de la entidad o régimen laboral, contractual, estatutario, administrativo o civil en el que se desempeñen.

En tal sentido, se enmarca en la moderna tendencia para la unificación de regímenes sancionadores, que propende a la estandarización de los procedimientos y sanciones que actualmente se aplican en la administración pública, permitiendo un tratamiento uniforme de la responsabilidad administrativa funcional, respetando el debido proceso y aplicando las sanciones más adecuadas a la gravedad de las conductas infractoras.

Fuente Andina

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