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Ejecutivo presenta proyecto para la imprescriptibilidad

Ejecutivo presenta proyecto para la imprescriptibilidad

Un proyecto de reforma constitucional para duplicar el plazo de prescripción en los casos de delitos contra la administración pública y fijar por ley la imprescriptibilidad de estos cuando sean cometidos por funcionarios y servidores públicos, presentó el Poder Ejecutivo al Congreso.

Así, la iniciativa legal, con carácter de urgente, plantea la reforma del artículo 41 de la Constitución Política, tras haberse advertido que su regulación actual resulta incompatible con los diversos intentos de reforma normativos desarrollados en los últimos años para incorporar la imprescriptibilidad en el sistema normativo penal y, de ese modo, evitar la impunidad en los delitos de corrupción de los funcionarios.

Consideraciones

Este poder del Estado remarca el acertado desarrollo conceptual y normativo de aquellos proyectos propuestos por distintas fuerzas políticas, lo cual da cuenta de un compromiso decidido por luchar contra toda manifestación de corrupción.

De manera especial coincide con el espíritu de los proyectos de ley presentados en ese sentido durante esta legislatura. Sin embargo, considera necesario no eliminar la posibilidad de duplicar el plazo de prescripción.

Se trata, entonces, de evitar vacíos normativos que posibiliten que en casos de producirse delitos entre la reforma constitucional y la aprobación y publicación de las leyes de desarrollo, se aplique solo un plazo de prescripción simple, precisa su exposición de motivos.

La corrupción es un problema estructural que debe ser atacado con todos los recursos que la ley franquea, y al que no se le debe dar el mínimo margen que permita la impunidad, agrega.

El Foro Económico Mundial (WEF) estima que la corrupción encarece en 10% el costo de hacer negocios y en hasta 25% el costo de celebrar contratos en los países de desarrollo, señaló el experto Diego Macera.

El Poder Ejecutivo considera, además, que los ordenamientos jurídicos modernos incorporan la prescripción como forma de poner límite a la persecución penal pública en función a razones de seguridad jurídica, toda vez que condiciona el ius puniendi del Estado y evita la distorsión de los elementos probatorios que el paso del tiempo produce.

Si bien, entonces, no existe normativa internacional que establezca la imposibilidad de fijar la regla de imprescriptibilidad de los delitos de corrupción, la institución de dicha regla debe observar los criterios de proporcionalidad que requiere toda modificación legislativa, precisa el Poder Ejecutivo.

En ese contexto, la jurisprudencia del Tribunal Constitucional sobre la dimensión ofensiva de los actos de corrupción, ha señalado que se trata de conductas que no solo resultan contrarias al orden jurídico penal, sino que se riñen con los más elementales designios de la ética, la moral y, consiguientemente, con los valores hegemónicos de la axiología constitucional.

Dicho colegiado ha precisado, a su vez, la particular dimensión ofensiva de los actos de corrupción comparándolos con el terrorismo o genocidio.

Cautelan derechos humanos

La imprescriptibilidad sostiene la persecución penal cautelando los derechos fundamentales, indicó el viceministro de Justicia, Edgar Carpio Marcos. El propósito de esta reforma evidencia el compromiso del Gobierno de luchar contra la corrupción y evitar la impunidad en los delitos cometidos contra el Estado, precisó la autoridad.

Fuente El Comercio

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