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Ley de Contrataciones prevé intercambio de información con entidades públicas

Ley de Contrataciones prevé intercambio de información con entidades públicas

La Ley de Contrataciones del Estado prevé, bajo responsabilidad y gratis, el intercambio de información electrónica entre las entidades estatales, a fin que el Registro Nacional de Proveedores (RNP) tenga información oportuna, confiable y actualizada.

Así, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec), la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat), la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp), el Indecopi, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), el Poder Judicial, la Policía Nacional del Perú y otras entidades, proporcionarán el pertinente acceso a la información, mediante mecanismos de interoperabilidad, salvaguardando las reservas previstas por Ley.

La norma establece que la Oficina Nacional de Gobierno Electrónico e Informática (ONGEI) de la Presidencia del Consejo de Ministros, será la entidad encargada de cautelar y apoyar el cumplimiento de esta disposición.

Así lo establece el artículo 46 del Decreto Legislativo N° 1341, que modifica la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, y que está próxima a ser reglamentada.

Fuente Andina

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