compras-estatales

¿Comité de Selección de ESSALUD habría favorecido a Postor en Licitación Pública?

¿Comité de Selección de ESSALUD habría favorecido a Postor en Licitación Pública?

A pesar de que la Oferta del Consorcio Ganador de la Buena Pro no habría acreditado el Requisito de Calificación REPRESENTACIÓN el Comité de Selección le otorgó la Buena Pro en el ítem Nº 2 de la Licitación Pública Nº 1623L00041 “ADQUISICION DE REACTIVOS DE INMUNOLOGIA PARA EL HOSP. AHM”

En Primer lugar hemos podido observar que la Oferta del Postor Ganador de la Buena Pro ha sido presentada en CONSORCIO conformado por las Empresas: COMERCIAL IMPORTADORA SUDAMERICANA S.A.C. y NOVATECZ PERU S.A.C.; mientras que en el Registro del SEACE se aprecia que la Buena Pro se otorga a un solo integrante del Consorcio a la Empresa COMERCIAL IMPORTADORA SUDAMERICANA S.A.C.

Por otro lado de la revisión de la Promesa de Consorcio del Postor Ganador de la Buena Pro notamos que el porcentaje de Obligaciones de los miembros del Consorcio ha sido expresado con decimales; COMERCIAL IMPORTADORA SUDAMERICANA S.A.C. 97.5 % y NOVATECZ PERU S.A.C. 12.5%. Al respecto el literal e) del Numeral 1 “Contenido Mínimo” del Apartado 7.4.2 “Promesa de Consorcio” de la DIRECTIVA Nº 002-2016-OSCE/CD “Participación de Proveedores en Consorcio en las Contrataciones del Estado” establece lo siguiente:

“e) El porcentaje de las obligaciones de cada uno de los integrantes. Los consorciados deben determinar el porcentaje total de sus obligaciones, respecto del objeto del contrato. Dicho porcentaje debe ser expresado en número entero, sin decimales.

El incumplimiento del contenido mínimo en la promesa de consorcio no es subsanable” (subrayado y negritas propias)

Conforme lo establece la DIRECTIVA Nº 002-2016-OSCE/CD “Participación de Proveedores en Consorcio en las Contrataciones del Estado”, el incumplimiento del Contenido Mínimo en la Promesa de Consorcio (Porcentaje de Obligaciones) es Insubsanable. Motivo por el cual el Postor Ganador de la Buena Pro no habría Acreditado el Requisito de Calificación  REPRESENTACIÓN por lo que su Propuesta debió ser DESCALIFICADA por el Comité de Selección.

El 9 de Enero pasado remitimos un correo electrónico a los Integrantes del Comité de Selección solicitando se sirvan informarnos al respecto de este caso pero hasta el cierre de esta Nota no hemos recibido respuesta alguna a nuestra solicitud.

Editor

Artículos relacionados

1 Comment

  • Oscar Mendoza Morales , 16 enero, 2017 @ 11:36 am

    Nunca contestan. El silencio es corrupcion

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Translate »