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Distorsión de precios en los catálogos electrónicos, por Samuel Bendezú

Distorsión de precios en los catálogos electrónicos, por  Samuel Bendezú

Hace unos meses, Perú Compras lanzó en su portal web el Cotizador Electrónico, plataforma virtual que tiene como objetivo «cotizar» bienes que se encuentran incluidos en los catálogos electrónicos de Acuerdo Marco, y sólo es referencial para Lima y Callao. El mecanismo es sencillo, el operador de Acuerdo Marco en la Entidad elige los bienes que desea cotizar, el sistema emite una «cotización» y un valor estimado de la adquisición. A primera vista resultaría ser un apoyo para la gestión logística en el sector público; no obstante, veremos que dicha plataforma generaría una distorsión en el mecanismo de precios.

En primer lugar, el «precio referencial» que determina el Cotizador Electrónico se basa en el precio promedio de aquellas órdenes de compra electrónica emitidas por las diferentes entidades públicas en Lima y Callao. He allí el error. Recordemos que la plataforma electrónica de catálogos electrónicos de Acuerdo Marco permite que la Entidad adquiera bienes y servicios a diferentes proveedores, considerando el costo total del bien, y éste último se define como: «(…) el valor o monto resultante que contemple todos los conceptos y aspectos referidos a las características y condiciones del bien o servicio, tales como: (i) precio; (ii) el rendimiento y vida útil; (iii) las condiciones comerciales, como los plazos de garantía, los plazos de entrega, entre otros; (iv) el costo por flete; y, (v) otros aplicables de acuerdo a las condiciones del mercado en los que se comercien los bienes o servicios contenidos en los Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco». Por consiguiente, no existe uniformidad en el criterio de elección por parte de las entidades, dado que se les ha otorgado la discrecionalidad de elegir la contratación de bienes y servicios no sólo desde el punto de vista económico (precio), sino de otros factores como el plazo, garantía, costo por el envío, etc.

En ese contexto, un producto X puede ser adquirido por la Entidad N° 01 a S/ 100.00 con un plazo de entrega de 1 día calendario, y el mismo bien, es adquirido también por la Entidad N° 02 al precio de S/ 90 pero la entrega es en 15 días calendario. Si obtenemos el promedio simple de dichos precios omitimos las condiciones comerciales en las que fueron adquiridos, puesto que resultaría conveniente «ajustar» o «ponderar» el precio respecto al plazo de entrega, entre otras variables que afecten el costo del producto.

Resulta interesante y correcto que Perú Compras proponga dicha plataforma, pero las entidades del sector público adquieren bienes y servicios a través de los catálogos a distintos proveedores, de diferentes ubicaciones geográficas y en diversas condiciones comerciales; por lo tanto, dudo que el promedio simple del precio de un bien sea representativo dado que existe dispersión (desviación estándar) en el valor de los bienes. Es recomendable que Perú Compras brinde a las entidades del estado el detalle de las compras efectuadas en los catálogos electrónicos a fin de que el operador lo analice y estime el valor de los bienes bajo un sustento más robusto.

Fuente Linkedin

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1 Comment

  • Wilmer Izquierdo , 20 mayo, 2019 @ 11:42 am

    Es la forma mas corrupta de realizar las compras. Modernidad no es sinónimo de transparencia. En este caso la modernidad a sido utilizada de la peor manera.

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