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Elecciones 2026: ONPE aprueba lineamientos para contratación de bienes y servicios

Elecciones 2026: ONPE aprueba lineamientos para contratación de bienes y servicios

La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) aprobó los lineamientos para la contratación de bienes y servicios requeridos para la realización de los procesos electorales que se desarrollarán en nuestro país en el presente año, como las elecciones generales y los comicios regionales y municipales.

Estos lineamientos fueron aprobados mediante la Resolución Jefatural Nº 000002-2026-JN/ONPE, publicada hoy en la edición extraordinaria del Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.

De acuerdo a la norma, que lleva la firma del jefe de la ONPE, Piero Corvetto, dichos lineamientos se aprueban “en el marco de la Septuagésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 32513”, que se anexa en dicha resolución.

Los citados lineamientos constituyen el marco normativo interno que permitirá efectuar las contrataciones requeridas bajo criterios de seguridad jurídica, celeridad, eficiencia, transparencia y control, garantizando el adecuado uso de los recursos públicos y la continuidad operativa de los procesos electorales del presente año.

Como se sabe, además de las Elecciones Generales del 12 de abril de este año, se convocó a Elecciones Regionales y Municipales que se desarrollarán el 4 de octubre.

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Se encarga a la Gerencia de Administración del citado organismo electoral la implementación, ejecución y supervisión de los referidos lineamientos, adoptando las acciones administrativas necesarias para su cumplimiento.

Habilitación legal excepcional

La citada resolución señala en sus considerandos que con la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, “se otorgó a los organismos del Sistema Electoral una habilitación legal excepcional para regular sus contrataciones mediante procedimientos internos, atendiendo a la naturaleza urgente y temporal de las necesidades propias de los procesos electorales del año 2026”.

También precisa que esta ley autoriza expresamente la inaplicación de la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, a fin de permitir la contratación de los bienes y servicios indispensables para la ejecución de los procesos electorales del presente año mediante procedimientos y/o lineamientos internos.

Igualmente, establece que, mediante Resolución del Titular de la Entidad, en este caso la ONPE, se aprueban los procedimientos y/o lineamientos para las contrataciones excepcionales previstas, dentro del plazo máximo de cinco días hábiles contados a partir de la entrada en vigencia de la citada ley.

Fuente Andina

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