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Chincha: Obra de camino vecinal presenta tres situaciones adversas en el distrito de Alto Larán

Chincha: Obra de camino vecinal presenta tres situaciones adversas en el distrito de Alto Larán

El Órgano de Control Institucional (OCI) de la Municipalidad Provincial de Chincha detectó que en la obra mejoramiento del camino vecinal Hacienda Larán – Calera – Huamanpali que ejecuta la Municipalidad de Alto Larán presenta tres situaciones adversas. La primera referida a la suspensión de plazo de ejecución sin que se cobre penalidades, la otra que no se cumplió con el procedimiento para realizar esta paralización de los trabajos y además de la ausencia del personal especialista en la ejecución.

Observaciones específicas

Dicha obra tenía como plazo de ejecución 150 días calendario, es decir debía ser culminada el 21 de mayo de 2022. Pero no fue así. El OCI descubrió que el municipio lareño otorgó dos suspensiones a la contratista. Una por siete días debido a que una empresa local no paralizaba sus actividades para iniciar los trabajos de asfaltados y la otra con el argumento que había escasez de emulsión asfáltica.

El equipo de control determinó que la constructora no previno la habilitación de desvíos a utilizar esto con la finalidad de no afectar el tránsito en dicha zona. Además, que no fue necesario paralizar por una semana, sino que solo debieron ser dos días. Y con relación al asfalto se precisa que tampoco se habría previsto contar con este material para realizar la ejecución conforme al cronograma reajustado.

“(…) la suspensión del plazo de ejecución contractual carece de sustento técnico y legal con lo cual no correspondía su autorización, en ese sentido la obra debía concluir indefectiblemente el día 23 de mayo de 2022, sin embargo, como se puede apreciar en los registros del cuaderno de obra está recién concluyó el día 2 de junio de 2022, habiéndose excedido en 10 días calendario”, señala el informe. Agrega que en este caso correspondía la aplicación de penalidades por más de 154 mil soles.

La segunda situación adversa hace referencia que la entidad no cumplió con el procedimiento establecido para otorgar la suspensión de plazo de ejecución solicitada el 5 de mayo de 2022. Y la tercera observación señala que no se encontró al personal profesional a cargo de la obra en la inspección del 27 y 30 de mayo. Esta situación no solo es pasible de aplicación de penalidades, sino que también genera riesgo de afectar la calidad del proceso constructivo.

Fuente Diario Correo

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