La Municipalidad Metropolitana de Lima (MML) declaró en situación de emergencia y de interés metropolitano la seguridad ciudadana de Lima Metropolitana por 60 días calendario. Dicha disposición se enmarca en la Ordenanza N.º 2856 publicada este domingo 20 de septiembre en el Diario Oficial El Peruano.
En ese sentido, invoca a todas las entidades que conforman el Comité Regional y los Comités Distritales de Seguridad Ciudadana (CORESEC y CODISEC), a la Policía Nacional del Perú, al Ministerio del Interior, a las municipalidades distritales, así como al sector privado, la sociedad civil organizada y la ciudadanía en general, a trabajar de manera articulada para fortalecer las acciones de prevención, control y respuesta ante las amenazas contra este flagelo que a diario ataca a decena de limeños.
Acciones que podrá realizar la MML
Según el dispositivo aprobado en sesión de concejo de fecha 17 de septiembre del 2026, la entidad edil desarrollará acciones de fortalecimiento de la capacidad operativa del serenazgo y de los sistemas de videovigilancia.
En ese sentido, podrá adquirir bienes, servicios, consultorías de obra y ejecutar obras necesarias para mitigar riesgos o atender situaciones urgentes vinculadas a la seguridad ciudadana. Además, promoverá convenios de cooperación con entidades públicas y privadas para el apoyo logístico, tecnológico y otros relacionados.
De esta manera, podrá optimizar la gestión de contrataciones mediante procedimientos de selección no competitivos por causal de emergencia, conforme a lo establecido en el literal d) del numeral 40.1 del artículo 40 de la Ley N.º 32069, Ley General de Contrataciones Públicas y en el artículo 289 de su Reglamento.
El Órgano de Control Institucional de la MML, en el marco de la normativa de control concurrente, efectuará las acciones, de acuerdo con su competencia, para velar por el cumplimiento de la presente ordenanza. Del mismo modo, el alcalde metropolitano de Lima dictará las disposiciones complementarias o adicionales que fueran necesarias para la adecuada aplicación del dispositivo.
Lima y Callao en estado de emergencia
El pasado 28 de agosto, el Poder Ejecutivo amplió el estado de emergencia en Lima y Callao para seguir haciéndole frente a la inseguridad ciudadana, a través del trabajo articulado entre la Policía Nacional del Perú (PNP) y las Fuerzas Armadas.
De acuerdo con el Decreto Supremo N.° 123-2026-PCM, la Policía Nacional del Perú mantiene el control del orden interno, con acciones de apoyo de las Fuerzas Armadas y determina las zonas de intervención sobre la base de inteligencia, indicadores, estadísticas, mapas del delito, entre otros instrumentos.
Durante su duración, se suspenden los derechos constitucionales relativos a la inviolabilidad de domicilio, libertad de tránsito por el territorio nacional, libertad de reunión y libertad, y seguridad personales.
Cabe señalar que, para la realización de las actividades religiosas, culturales, deportivas y no deportivas de carácter masivo y público, se seguirían solicitando permisos ante las autoridades competentes para su evaluación.
Finalmente, dentro de los cinco días hábiles posteriores al término del estado de emergencia, la PNP presentará al ministro del Interior un informe detallado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante la medida de excepción.
Fuente Exitosa

