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La empresa detrás del retraso electoral ya había recibido más de S/ 5 millones de la ONPE

La empresa detrás del retraso electoral ya había recibido más de S/ 5 millones de la ONPE

La jornada electoral del 12 de abril de 2026 no solo dejó largas filas y la natural expectativa ciudadana por ejercer el derecho al voto; también puso sobre la mesa una situación que, por su trascendencia institucional, merece un análisis mucho más profundo que la simple referencia a una demora operativa. La propia Oficina Nacional de Procesos Electorales informó que el retraso en la entrega del material electoral en diversos locales de Lima Sur se produjo como consecuencia del incumplimiento de la empresa Servicios Generales Galaga, circunstancia que obligó a activar un plan de contingencia para evitar que la instalación de las mesas se vea seriamente comprometida.

Lo ocurrido sería preocupante incluso si se tratara de un proveedor nuevo o sin antecedentes en la materia. Sin embargo, la revisión detallada de las fuentes oficiales del OSCE, del SEACE y de la documentación emitida por la propia ONPE permite advertir que no estamos frente a una empresa ocasional, sino ante un contratista que viene prestando servicios logísticos vinculados a procesos electorales desde hace varios años, manteniendo una presencia recurrente en contrataciones relacionadas con despliegue, repliegue, capacitación, simulacros y sufragio.

Los registros oficiales del perfil del proveedor del Estado muestran adjudicaciones y órdenes de servicio acumuladas por S/ 5,006,875.10 entre los años 2020 y 2023, monto que comprende servicios como el despliegue y repliegue de material electoral y equipos informáticos en la Elección Congresal Extraordinaria 2020, servicios vinculados al proceso electoral 2021, así como diversas órdenes de servicio durante 2022 y 2023. Esta cifra, sin embargo, debe entenderse como una base mínima histórica, pues no incluye el contrato actualmente vinculado a las Elecciones Generales 2026, precisamente el servicio que hoy se encuentra cuestionado por el retraso registrado en Lima Sur.

La precisión resulta fundamental porque el servicio actualmente en ejecución no es de alcance limitado ni focalizado en una sola jurisdicción. Los Términos de Referencia emitidos por la ONPE establecen que se trata del “Servicio de transporte y traslado de carga terrestre nacional para las Oficinas Regionales de Coordinación – EG 2026”, lo que comprende el traslado de bienes, mobiliario, equipos y suministros desde los almacenes de Lurín y Lima hacia las veintidós Oficinas Regionales de Coordinación distribuidas a nivel nacional, incluyendo sedes como Abancay, Arequipa, Cusco, Iquitos, Madre de Dios, Pasco, Piura, Tacna y Trujillo.

No se trata, por tanto, de un contrato menor. La propia documentación técnica refiere una carga total referencial superior a 22,637 kilogramos, lo que da cuenta de una operación logística compleja, de alto impacto y directamente vinculada al adecuado desarrollo del proceso electoral.

A ello se suma un elemento particularmente relevante que no puede ser pasado por alto. Esta contratación no se habría efectuado mediante un procedimiento competitivo ordinario regulado por la Ley General de Contrataciones Públicas, sino dentro de un régimen especial electoral expresamente habilitado por ley. Los Términos de Referencia señalan de forma expresa que la contratación se realiza en el marco de la Septuagésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N.° 32513, así como de los lineamientos aprobados por Resolución Jefatural N.° 000002-2026-JN/ONPE.

Esta precisión es importante porque el debate no debe centrarse en cuestionar la legalidad abstracta del régimen especial, dado que este ha sido previsto por el legislador para atender la urgencia y especificidad de los procesos electorales, sino en examinar cómo se ha venido aplicando en la práctica y si, dentro de ese marco excepcional, se ha garantizado la debida transparencia, pluralidad de opciones y trazabilidad en la selección del proveedor.

Es en este punto donde la situación deja de ser una simple noticia coyuntural y adquiere una dimensión de interés público mayor. Si la misma empresa aparece de manera reiterada en los procesos logísticos de la ONPE desde 2020, resulta legítimo preguntarse cuáles fueron los criterios que explican esa continuidad contractual, más aún cuando el mercado peruano cuenta con diversos operadores logísticos con cobertura nacional, capacidad de flota y experiencia en transporte terrestre de carga.

La interrogante no debe formularse desde la insinuación irresponsable ni desde la imputación sin sustento, sino desde el legítimo deber de transparencia que corresponde a toda entidad pública: ¿existieron otros proveedores con capacidad similar que pudieron haber sido considerados?, ¿hubo pluralidad real de ofertas?, ¿se evaluó comparativamente la experiencia, costos y desempeño histórico?

La recurrencia de un mismo proveedor durante varios procesos consecutivos, en sí misma, no constituye irregularidad. Lo que sí genera una exigencia razonable de explicación es que esa misma empresa, con experiencia acumulada y antecedentes contractuales significativos con la ONPE, sea hoy señalada por la propia entidad como responsable de un incumplimiento que impactó directamente el desarrollo oportuno del proceso electoral.

Precisamente por esa experiencia previa, el problema actual no puede explicarse apelando a la falta de conocimiento técnico o a la curva de aprendizaje del contratista. Por el contrario, lo sucedido obliga a revisar con mayor detalle la ejecución del servicio, la supervisión del contrato y la eventual activación de penalidades, más aún cuando los propios Términos de Referencia prevén penalidad por mora, otras penalidades y responsabilidades específicas por retrasos imputables al contratista.

La ciudadanía tiene derecho a conocer si ya se han emitido informes técnicos de incumplimiento, si se han aplicado penalidades, si existe evaluación de resolución contractual y, sobre todo, si se revisará la continuidad de este proveedor en futuros procesos electorales.

En un contexto donde la confianza en las instituciones democráticas depende en gran medida de la capacidad del sistema electoral para operar con eficiencia, transparencia y previsión, la pregunta que hoy queda planteada no es únicamente por qué el material electoral no llegó a tiempo, sino también por qué, pese a los antecedentes contractuales acumulados desde 2020, el servicio volvió a recaer en el mismo proveedor y terminó derivando en una contingencia que pudo afectar el normal ejercicio del voto ciudadano.

Fuente Licita Fácil

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1 Comment

  • FERNANDO HENOSTROZA QUIROZ , 13 abril, 2026 @ 12:05 pm

    Buena información, solo una precisíón con lo que indican en el último párrafo : “terminó derivando en una contingencia que pudo afectar el normal ejercicio del voto ciudadano”. Lo cierto es que no derivó en una contingencia sino en un daño real y SÍ afectó el voto ciudadano definitivamente. Saludos

    Fuente Licita Fácil

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