En el competitivo mundo de la contratación pública, donde una diferencia mínima puede definir el futuro de grandes contratos, la negligencia técnica y la falta de asesoramiento especializado pueden costar muy caro. Eso fue lo que le ocurrió al Consorcio Perla de Castilla, recientemente despojado de la buena pro en uno de los megaproyectos de saneamiento más importantes del norte del Perú.
La Resolución N.º 03372-2025-TCP-S2 del Tribunal de Contrataciones del Estado es clara: el consorcio incumplió las bases al presentar dos subcontratistas especializados, cuando las bases del Procedimiento de selección exigían acreditar únicamente uno para la elaboración del expediente técnico. Un error formal, pero letal en el marco legal que regula los procesos de contratación pública.
Y no se trataba de cualquier licitación. El procedimiento ascendía a más de 646 millones de soles, y tenía por objeto ampliar y mejorar el servicio de agua potable y alcantarillado para miles de familias en los distritos de Piura y Castilla. El consorcio había presentado una oferta competitiva y logró hacerse de la Buena Pro. No obstante, el incumplimiento de un requisito tan elemental anuló todos sus esfuerzos.
Cabe señalar que, en el trámite del procedimiento recursivo ante el Tribunal de Contrataciones del Estado, promovido por el Consorcio Castilla, el Consorcio Perla de Castilla intentó presentar una defensa sólida, apelando a la interpretación de las bases y respaldándose en pronunciamientos del OSCE. Sin embargo, los errores en los documentos presentados eran contundentes y evidentes: no solo se acreditaron dos subcontratistas —lo cual contradecía lo requerido—, sino que también se detectaron errores aritméticos en la estructura de costos del componente de “operación asistida”, que cuestionaban la integridad de su oferta económica.
Pero el caso no se agota allí. Durante el análisis del proceso impugnativo, se advirtieron errores en el cálculo del valor referencial realizado por la Entidad, específicamente en el componente de operación asistida. Estos errores no solo alteraban montos unitarios, sino que afectaban el límite inferior y superior dentro del cual una oferta podía ser válida.
Además, un tercero presentó un escrito mediante cual afirmó que existiría una contradicción grave en las bases integradas: señaló que el valor referencial, tanto del Expediente Técnico como de la Operación Asistida, no podía ser modificado. Empero, las mismas bases establecieron rangos inferior y superior para el valor referencial de la Contratación, lo que podría inducir a una interpretación contradictoria: por un lado, que el monto es inalterable; y por otro, que puede ser ajustado dentro de un margen porcentual.
Esa doble condición normativa, según el tercero, habría inducido a error a los postores, configurando un vicio de nulidad. A pesar de ello, dicho cuestionamiento no formó parte de los puntos controvertidos, por lo que el Tribunal evitó declarar la nulidad del procedimiento, limitándose a revocar la adjudicación de la Buena Pro a favor del Consorcio Perla Castilla, por el incumplimiento del requisito del subcontratista y otorgar la misma al Consorcio Castilla.
En paralelo, este portal difundió información sobre una denuncia contra la abogada del Consorcio Castilla por presuntas malas prácticas. No obstante, la controversia tomó otro giro cuando la propia abogada presentó una denuncia contra quienes la acusaron, alegando la inexistencia de pruebas que acrediten su culpabilidad y deslindando responsabilidad por cualquier irregularidad.
Finalmente, el Tribunal otorgó la buena pro al impugnante: Consorcio Castilla, que había quedado en segundo lugar y cumplía formalmente con los requisitos del Procedimiento de Selección. Sin embargo, la omisión de declarar la nulidad del proceso —pese a los vicios estructurales en las bases— ha generado críticas en el sector, especialmente en círculos técnicos que consideran que se ha privilegiado la continuidad del procedimiento sobre la legalidad del mismo, quizás influenciado por la presión mediática local ante la urgencia de ejecutar la obra.
Este caso deja lecciones claras: en los procesos de contratación pública, una oferta competitiva no es suficiente si no se cumple con rigor técnico y documental cada exigencia del proceso, lo que se pudo evitar con un asesoramiento adecuando. Además, cuando las propias bases están mal estructuradas, ignorar sus errores puede tener consecuencias institucionales, incluso más graves que perder un contrato millonario.
Fuente Licita Fácil



