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Hijos del alcalde de Salaverry intentan contratar con la Municipalidad Distrital de La Esperanza

Hijos del alcalde de Salaverry intentan contratar con la Municipalidad Distrital de La Esperanza

Macronorte ha podido corroborar que la empresa Constructora Elcide EIRL, que tiene como propietarios a dos hijos del alcalde del distrito de Salaverry, Carlos Arroyo, sigue participando en procesos de licitación pública para contratar con el Estado.

De acuerdo a los registros del Organismo Supervisor de Contrataciones del Estado (OSCE), la Constructora Elcide EIRL tiene como único accionista y fundador a Elder Anderson Arroyo Flores, hijo del alcalde Carlos Arroyo. Otro hijo de la autoridad edil, Andy Stevens Arroyo Flores, ocupa el cargo de representante y gerente general de la mencionada empresa.

La empresa constructora de los hijos del alcalde de Salaverry participó en el proceso de licitación pública de la obra: «Creación del servicio de Omaped en la Mz 41 Lt 01 de la HUP Manuel Arévalo II Etapa del distrito de La Esperanza / I etapa: construcción de pórtico de ingreso con caseta», convocado por la Municipalidad Distrital de La Esperanza, el pasado 14 de junio de 2023; cuando Carlos Arroyo Rojas ya era alcalde distrital de Salaverry.

En el señalado proceso de contratación, la empresa Elcide EIRL y SIGA SRL formaron el Consorcio Libertad, asociación constructora que ocupó el segundo lugar de prelación, de acuerdo a la decisión que tomó el comité de selección que se reunió el 3 de julio para declarar al ganador de la licitación. Descontentos con el resultado, apelaron al Tribunal de Contrataciones del Estado (TCE) y este organismo les dio la razón, anuló la buena pro otorgada a otra empresa y le adjudicó la ejecución de la obra. Sin embargo, como ya hemos informado, desde la Municipalidad Distrital de La Esperanza se decidió anular todo el proceso de licitación y retrotraerlo a la etapa de convocatoria.

«Yo he hecho las consultas ante el OSCE y de acuerdo a la Ley de Contrataciones del Estado no hay ninguna irregularidad que pueda participar en otros distritos, sólo estoy impedido en participar en el distrito de la jurisdicción donde mi padre es autoridad. En OSCE me respondieron vía telefónica a la consulta que tenía, eso fue lo que me manifestaron», señaló a este medio, Elder Arroyo Flores.

Efectivamente, el artículo N° 10 de la Ley de Contrataciones del Estado señala que están prohibidos de contratar con el Estado, los familiares de autoridades y funcionarios hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad (cónyuge, conviviente, hermanos, cuñados, abuelos, padres, hijos, nietos, tíos y primos hermanos). Pero, aclara que dentro de la jurisdicción donde se ejerce la función.

Sin embargo, para Alfredo Galindo, periodista y exfiscal del Ministerio Público de La Libertad, se debe mirar de cerca los procesos de licitación en los que participen empresas constructoras de familiares de alcaldes, sobre todo en municipios cercanos, debido a que podrían darse casos de tráfico de influencias y direccionamientos en los concursos públicos.

«Se debería definir bien el ámbito de la competencia territorial, porque, por ejemple un alcalde de Salaverry y sus familiares contratan con el municipio de Moche, prácticamente estarían mirándose la cara y son amigos. Y muchos funcionarios están pululando muchas veces en municipios cercanos y esto facilitaría los posibles direccionamientos. Entonces, creo que el ámbito de competencia territorial para contratar con el Estado debería ser definido o ampliado como por los menos en el ámbito de competencia regional y no a nivel de competencia municipal distrital», sostuvo.

De acuerdo a la normatividad vigente, la empresa de los hijos del alcalde de Salaverry no tendría ningún problema para contratar con las gestiones apepistas de la Municipalidad Distrital de Huanchaco o de la Municipalidad Distrital de El Porvenir, pese a que los alcaldes Carlos Arroyo, Efraín Bueno y Juan Carranza, forman parte del mismo partido, comparten militancia y tienen amistad.

Aunque no solo la militancia sirve para crear vínculos, el ejercicio de la función de alcalde crea vínculos funcionales y administrativos entre todas las autoridades ediles distritales que conforman una provincia, lo mismo podría aplicar para los alcaldes provinciales. Por ahora, la Ley de Contrataciones del Estado no precisa este impedimento.

Fuente Macronorte

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