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OSCE precisa Directivas que no forman parte del ordenamiento jurídico vigente

OSCE precisa Directivas que no forman parte del ordenamiento jurídico vigente

Se ha Publicado en el Diario Oficial El Peruano, el día de hoy 7 de febrero, la Resolución N° 023-2019-OSCE/PRE, del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE), que formaliza el Acuerdo N° 009-002-2019/OSCE-CD del Consejo Directivo de dicho Organismo Supervisor, precisando que las siguientes directivas administrativas no forman parte del ordenamiento jurídico vigente:

1.1. Por haber sido derogadas de manera tácita por normas emitidas con posterioridad:

  • Directiva N° 007-2008-CONSUCODE/PRE “Disposiciones sobre la documentación, obligaciones y/o requerimientos que las Entidades del Estado deben evitar al elaborar las Bases de los procesos de selección”, aprobada con Resolución N° 290-2008-CONSUCODE/PRE.
  • Directiva N° 013-2005-CONSUCODE/PRE “Precisa los alcances de la causal de inaplicación de la normativa de contrataciones y adquisiciones del Estado”, aprobada con Resolución N° 325-2005-CONSUCODE/PRE.
  • Directiva N° 002-2005-CONSUCODE/PRE “Remisión de actas de conciliación y laudos arbitrales al CONSUCODE”, aprobada con Resolución N° 080-2005-CONSUCODE/PRE.
  • Directiva N° 003-2013-OSCE/CD “Procedimiento para la obtención de la conformidad de las Bases del Proceso de Selección Abreviado (PSA) previsto en el Decreto de Urgencia N° 024-2006”, aprobada con Resolución N° 214-2013-OSCE/PRE y modificada mediante Resolución N° 242-2013-OSCE/PRE.

1.2. Por no haberse cumplido la condición establecida en el numeral 12.1 de la directiva para su entrada en vigencia:

  • Directiva N° 019-2016-OSCE/CD “Directiva de acreditación de instituciones arbitrales por el OSCE”, aprobada con Resolución N° 072-2016-OSCE/PRE y modificada con Resolución N° 277-2016-OSCE/PRE.

1.3 Porque fue emitida para regir de manera temporal, regulando situaciones transitorias:

  • Directiva N° 002-2015-OSCE/CD “Disposiciones sobre el contenido de las bases estandarizadas que las Entidades del Estado deben utilizar en los procedimientos especiales de contratación que convoquen al amparo del Decreto de Urgencia N° 004-2015”, aprobada con Resolución N° 299-2015-OSCE/PRE, modificada mediante Resolución N° 036-2016-OSCE/PRE.

Para acceder a las Directivas vigentes puede hacerlo desde el siguiente enlace http://portal.osce.gob.pe/osce/content/documentos_normativos_directivas

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