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Lambayeque: Confirman condena por corrupción contra coroneles de la Policía

Lambayeque: Confirman condena por corrupción contra coroneles de la Policía

El Ministerio Público logró se confirme la sentencia condenatoria de nueve años de pena privativa de libertad efectiva contra los coroneles PNP Augusto Rodolfo Salcedo Samamé y José Antonio Benavides Ibarra, en su condición de Directores de la Institución Educativa Militar “Elías Aguirre” de Chiclayo y los trabajadores Óscar Sigifredo Saavedra Gil, Milagritos Rojas Olivos, Moisés Natividad Millones Larrea y José Manuel Farfán Bernal, como servidores públicos de dicha institución, como autores del delito de colusión agravada en agravio del Estado.

También se confirmó la sentencia de siete años de pena privativa de libertad efectiva contra Jorge Dorian Gonzaga Correa, en su condición de cómplice del referido delito. En la aludida sentencia de vista se estableció además que los mencionados sentenciados cumplan con cancelar una reparación civil ascendente a la suma de S/132 622.20 a favor del Estado; precisándose que el imputado José Farfán Bernal- quien se encuentra recluido en el Establecimiento Penitenciario de Chiclayo- cumplirá su condena hasta el día 24 de setiembre de 2032, ordenándose que se giren las órdenes de ubicación y captura (requisitorias) de los restantes condenados a nivel nacional.

El fiscal adjunto superior, Juan Francisco Martín Drexler Peña, de la Fiscalía Superior Penal de Liquidación de Lambayeque, solicitó en audiencia de apelación que la sentencia sea confirma en todos sus extremos, por existir prueba suficiente (indicios de participación colusoria), que han permitido corroborar el delito materia de juzgamiento.

Los hechos ocurrieron en los años 2014 y 2015 donde los sentenciados (funcionarios y servidores públicos) de la Institución Educativa Militar “Elías Aguirre” de Chiclayo, realizaron acuerdos colusorios, subrepticios e ilegales con Jorge Dorian Gonzaga Correa, representante legal de la empresa “JJ Gonzaga” EIRL, con la finalidad de favorecerlo en los procesos de contratación, otorgándole ilegalmente la buena pro de las Adjudicaciones Directas Selectivas N°001-2014, N°002-2014 y N°003-2014 y N°001-2015, N°002-2015, N°003-2015 y N°004-2015, las cuales tenían por objeto la adquisición de prendas de vestir, zapatos, uniformes, ropa de cama, de los cadetes de la institución.

Sin embargo, no verificaron que los expedientes técnicos de contratación contaran con la documentación idónea y necesaria para su correcta tramitación, tales como: Requerimiento técnico del área usuaria que especifique las características, cantidad, calidad y talla de las prendas de vestir y zapatos a adquirir; además no se efectuó el estudio de posibilidades que ofrece el mercado.

Asimismo, se consignó un plazo diferente de entrega del producto- en los contratos suscritos- al plazo previamente establecido en las bases de los aludidos procesos de contratación pública, siendo que incluso se cancelaron prendas de vestir que no habían sido materia de contratación de dichos procesos, lo cual generó un grave perjuicio económico estatal.

Finalmente, se impuso a los sentenciados la pena de inhabilitación, por el mismo plazo que la pena principal, consistente en la privación de la función, cargo o comisión que ejercían los condenados, así como la incapacidad o impedimento para obtener mandato, cargo, empleo o comisión de carácter público, de conformidad con nuestra legislación penal vigente.

Fuente Diario Correo

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