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Montoya: “Acá hay un concurso real de delitos”

Montoya: “Acá hay un concurso real de delitos”

El letrado Manuel Montoya refiere que los funcionarios y hasta el titular del gobierno regional podrían estar inmersos en serias acusaciones fiscales

El controvertido caso en torno a la cancelación de una obra en el hospital Belén y la otra sobre la colocación de techos en la sede central del Gobierno Regional de La Libertad (GRLL) podría tener implicancias ilícitas en los funcionarios y hasta en el mismo titular de dicha entidad regional.

Así lo dio a conocer el past decano del Colegio de Abogados de La Libertad, Manuel Montoya Hernández, quien en conversación con Correo analiza todo el procedimiento que también pasó por el Organismo Supervisor de Contrataciones del Estado (Osce) y que ahora podría ser tomado, de oficio, por otros organismos de fiscalización.

Se cancela el proceso para hacer la obra en el Belén, pese a que ya habían otorgado la buena pro, ¿qué ilícito se configura en este caso?

En primer lugar, hay una malversación de fondos, de conformidad con lo que señala el artículo 389 del Código Penal, en el sentido de que si un funcionario público, que es el caso, le da al presupuesto -destinado para una obra en forma definitiva- un fin diferente a lo que estaba plenamente señalado, se configura el delito de malversación de fondos. La pena ahí es hasta cuatro años, y obviamente esto trae suspensión e inhabilitación para asumir cargos en el futuro. Ahí hay delito.

Además, a todas luces, hacer la obra en el Belén era de suma urgencia, ¿o no?

El tema del hospital Belén tiene rango constitucional porque todos tenemos derecho a la salud, en cambio, el techo (de la sede central del GRLL) no está como prioritario constitucionalmente.

El Consejo Regional rechazó el pedido de “contratación directa” para la colocación de techos en el GRLL, y, como se sabe, pese a ello dicha obra se está ejecutando, ¿qué ilícito hay?

Hay una omisión de funciones porque el artículo 377 del Código Penal señala que el funcinario que omite, retarda o rehuye el cumplimiento de una obligación, entonces, también se configura como un delito. Ahí hay omisión de funciones porque el Consejo le está diciendo que no es prioritario; y la pregunta es: ¿para qué entonces consultaron si no va a obedecer todo lo que le está diciendo todo un colegiado?

El Ejecutivo del GRLL se ampara en decir que como era una “situación de emergencia” podían hacer la obra y dentro de los diez primeros días, de haberse iniciado los trabajos, podían regularizar el trámite. Eeso es válido, o tenían que esperar la respuesta del Consejo?

Obviamente que debieron esperar. Y es posible que ellos se adelantan sin esperar la respuesta del Consejo, ahí se configura una desobediencia al Consejo que es un ente fiscalizador. Consecuentemente, si el Consejo no comunica a la Contraloría o a la Fiscalía Anticorrupción, entonces, va incurrir en una complicidad en el hecho. (Empero, cabe mencionar que el Consejo ya pidió hace dos semanas que el Órgano de Control Institucional -OCI- del GRLL intervenga en este caso).

Ahora, si bien fueron los funcionarios quienes firmaron todos estos documentos, ellos también hacen la precisión que sobre el tema estaba enterado el gobernador regional. ¿Las implicancias también llegan hasta el titular de la entidad?

Obvio, porque la norma penal, en su artículo 23, señala que en la comisión de un hecho punible, como en este caso, hay autores y coautores. El que realiza el hecho por sí, o por medio de otros, la responsabilidad es tanto del autor como el coautor. No hay ningún problema que tú le digas: ‘anda y has eso’, tú eres el mediato, que está atrás, pero quien se presentó en escena es otro. Igualito es el caso.

En cuanto a la obra en el Belén, la empresa “A” fue descalificada por el Osce, ente que dio la razón a la apelación presentada por la empresa “B” para que haga la obra, pero, pese a ello se canceló, ¿qué pasa en este caso?

Si yo fuera asesor de esa empresa que ha ganado la buena pro y se la quitan sin razón alguna, entonces, ¿ahí qué se ha configurado? El artículo 1969 del Código Civil dice: “el que por dolo o culpa cause daño a otros (…)”, es decir, el gobierno regional puede ser materia de una demanda en la vía civil por parte de la empresa a quien el Osce dio como ganadora.

Ahora, esa empresa “A”, si bien fue descalificada por el Osce para la obra en el Belén, es la misma a quien le otorgaron la “contratación directa” para hacer los techos en el GRLL, ¿es sospechoso ese aspecto?

Como para callarle la boca, ¿verdad? Ahí hay un interés de negociación imcompatible, artículo 399 del Código Penal, que dice a la letra: “el funcionario o servidor público que indebidamente en forma directa o indirecta o por acto simulado se interesa, en provecho propio o de tercero, por cualquier contrato u operación en que interviene por razón de su cargo, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de cuatro ni mayor de seis años e inhabilitación’. Está claro.

Se conoce que el GRLL busca anular la resolución que canceló la obra en el Belén para ahora sí realizarla, ¿cómo tendría que hacerse para que ese caso se retome?

Pero ojo, ¿de qué presupuesto? Si ese presupuesto lo dispusieron para los techos (del GRLL).

Indican que habrá una asignación presupuestal del Ministerio de Salud para poder cubrir los gastos de esa obra cancelada.

Pero en la asignación de recursos tienen que decir para qué cosa es. Para mí, lo que van a pretender es reparar y decir: “sí lo hicimos”, para evitar supuestamente un proceso, pero el delito ya está cometido. Es como que yo te robo el reloj, y tú me denuncias y mañana más tarde te digo: “toma, aquí está el reloj”.

¿No podrán eximirse de la responsabilidad?

No van a poder eximirse, por más que hagan la obra. Acá hay un concurso real de delitos.

¿Acá deben actuar de oficio algunas entidades?

La Fiscalía Anticorrupción, la Procuraduría y la Contraloría General de la República tienen que actuar de oficio. Ahora, si el contralor no realiza la acción puede verse en problemas porque su función dispone que no omita, ni rehuya ni retarde, sino que ponga de conocimiento a la Fiscalía.

Fuente Diario Correo

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