Es una mala práctica, lamentablemente muy común, que algunos proveedores con tal de acceder a la Buena Pro de Contratos con el Estado, adjunten en sus Ofertas documentos que no han sido verificados diligentemente.
La denuncia que hemos recibido da cuenta que en el marco del Concurso Público N° 01-2023-CS/MDL-1, para la contratación del “ALQUILER DE UNIDADES VEHICULARES PARA RECOLECCION Y TRANSPORTE DE RESIDUOS SOLIDOS EN EL DISTRITO DE LURIGANCHO – CHOSICA”, se presentaron 2 postores, la oferta más baja por S/ 14´322,600.00 y la mayor, a la que se le adjudicó la Buena Pro, con un importe de S/ 21´369,582.00M es decir una probable sobrevaloración de más de 7 millones de soles.
Lo extraño del caso es que el Comité de Selección decidió rechazar la Oferta más baja porque, en su opinión, los elementos constitutivos de su Oferta no garantizaban una correcta ejecución del Servicio, en aplicación del procedimiento de rechazo de ofertas previsto en el artículo 68º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
Sin embargo, de la revisión del Acta del Comité de Selección hemos podido verificar que la mayor parte de cuestionamientos a la Oferta del Postor, con el Importe más bajo, no están debidamente fundamentados y puede ser fácilmente rebatidos, por lo que podríamos estar en un supuesto de rechazo indebido de la Oferta de menor precio.
Pero lo que más preocupa es que el Adjudicatario habría presentado una Licencia de Conducir adulterada, cuya información no concuerda con la “Consulta de Licencia de Conducir” de la Dirección General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en la cual se consigna la Categoría AIIB mientras que en la Oferta del Postor se habría modificado por la Categoría a Tres c Profesional, con el fin de cumplir lo requerido por las Bases Integradas del Procedimiento de Selección.
Además de ello, el denunciante da cuenta que al menos Cuatro Certificados de Trabajo de los choferes propuestos tendrían información Inexacta, al haber declarado que tienen experiencia como Conductores de Camión Compactador, para lo cual se requiere contar con Licencia de Conducir AIII B o C y los choferes propuestas cuentan con Licencia Tipo AIIB, por lo que resultaría materialmente imposible que hayan podido conducir camiones compactadores de Basura en los períodos declarados.
Bajo ese escenario, dicha Oferta Debió ser DESCALIFICADA. Nuevamente se cumple el viejo adagio: “Para mis amigos todo; para mis enemigos la ley”
Hasta el cierre de esta edición los Principales funcionarios de la Municipalidad de Lurigancho Chosica a los que les informamos de la denuncia recibida por nuestro portal de noticias especializado en Contrataciones del Estado y Lucha Contra la Corrupción, no han respondido, pese a haber sido notificados desde el 23 de Julio pasado.
Fuente Propia