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Odebrecht: Delaciones podrán ser usadas en arbitrajes por el Estado contra constructora

Odebrecht: Delaciones podrán ser usadas en arbitrajes por el Estado contra constructora

Una de las modalidades de la empresa brasileña Odebrecht para lograr beneficios excesivos en sus contratos con el Estado fue recurrir a arbitrajes con los que solicitó resarcimientos económicos, en muchos casos ganados de manera ilícita.

Aunque en las actuales circunstancias no podrá obtener ventajas ilegales, tendrá otro punto en contra en cuanto a arbitrajes se refiere.

Y es que el procurador ad hoc Jorge Ramírez y su adjunta Silvana Carrión han señalado que se podría utilizar las declaraciones de los colaboradores eficaces contra la transnacional brasileña si no desistiera de las demandas existentes.

Esta posibilidad está abierta en los casos que se encuentran dentro del recién homologado Acuerdo de Colaboración, tales como Costa Verde tramo Callao, Vía Evitamiento del Cusco, Interoceánica Sur (tramos 2 y 3) y en la Línea 1 del Metro de Lima.

Las opciones

Según la Procuraduría, una cláusula del Acuerdo establece que se podrán utilizar las declaraciones de Jorge Barata, Ricardo Boleira, Renato Ribeiro y Carlos Nostre, exdirectivos de Odebrecht, en esos procesos de arbitraje para favorecer al Estado peruano.

Carrión señaló que el Acuerdo contiene precisiones respecto al entendimiento al que deben llegar las procuradurías del Cusco, Callao, Provías y del Ministerio de Transporte y Comunicaciones (MTC), que litigan los arbitrajes en los proyectos que forman parte del Acuerdo con Odebrecht.

“Lo que contiene el acuerdo es un marco para que estas procuradurías puedan llegar a un acuerdo con la empresa (Odebrecht) para que desista de estos arbitrajes y en caso esto no sucediera, se ha quedado con la empresa en que las pruebas del acuerdo, que ellos han entregado vía el acuerdo, pueda ser usado contra la empresa”, remarcó en Canal N.

Así, esta sería la única posibilidad que el Estado peruano podría hacer uso de los testimonios de los colaboradores eficaces en contra de la propia empresa Odebrecht.

Exclusión de delitos

Entre tanto, ayer en la tarde el Poder Judicial publicó la parte resolutiva de la homologación del acuerdo por parte de la jueza María de los Ángeles Álvarez.

Por ejemplo, se revelaron los delitos de los que fueron eximidos los exfuncionarios de la constructora.

El exrepresentante de Odebrecht Jorge Barata fue librado del delito de colusión y colusión agravada en su condición de cómplice primario, al igual que Ribeiro, Boleira y Nostre.

Para el penalista Andy Carrión, los márgenes de la pena por colusión (simple) es de 3 a 6 años de prisión, y para colusión agravada va de 6 a 15 años de prisión. Sin embargo, existen diferencias entre los dos delitos.

“La colusión simple es cuando dos personas tanto un funcionario público y también un particular se coluden para obtener algún tipo de beneficio. En colusión agravada implica que se cause un perjuicio patrimonial al Estado. Esa es la diferencia, porque se tiene que demostrar que el Estado ha salido perjudicado”, sostiene.

Requisito

En contra de los colaboradores, el Acuerdo establece la obligación de “no cometer nuevo delito doloso dentro de los diez años siguientes de habérsele otorgado el beneficio”. Si ello se incumple, los beneficios y el acuerdo serán revocados.

“Corresponde al Ministerio Público el control de su cumplimiento; y su informe al órgano jurisdiccional en los términos que la ley ha reservado. Precisándosele a los sentenciados que en el supuesto de incumplirlas, la Fiscalía podrá solicitar al juez que otorgó el beneficio premial su revocatoria”, advierte la jueza Álvarez Camacho en el Acuerdo de Colaboración difundido por el propio Poder Judicial.

Fuente Diario Correo

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