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OSCE dará nombres de accionistas de proveedores del Estado sancionados

OSCE dará nombres de accionistas de proveedores del Estado sancionados

osce_nuevoLa reciente modificación del reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado permitirá al OSCE publicar no solo los nombres de las empresas sancionadas para contratar con el Estado, sino también de los accionistas.

Antes solo se daba a conocer la denominación de la empresa sancionada con inhabilitación temporal definitiva para la contratación pública, pero ocurría que sus accionistas conseguían contratos al crear una nueva empresa, explicó la presidenta del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE), Magali Rojas.

Así, el OSCE publicará mensualmente en su portal (www.osce.gob.pe) la lista de los proveedores sancionados y los nombres de sus socios, accionistas, participacionistas o titulares con más del 5% de participación en el capital o patrimonio social.

También se publicarán los nombres de los integrantes de sus órganos de administración, a la fecha de la comisión de la infracción, según el Art. 281 de dicho reglamento, el cual fue modificado por el MEF. “El tema es la transparencia, pues detrás de una persona jurídica hay una o más personas naturales que son las que cometen las infracciones”, dijo la funcionaria.

La funcionaria aclaró que esta información es una herramienta que facilitará el OSCE a las entidades públicas, pues son estas las responsables de identificar a los accionistas de empresas sancionadas que buscan contratos creando otras empresas.

Además destacó que serán las entidades públicas las que planteen las denuncias ante cualquier irregularidad en las que participen “estas malas personas (accionistas)”. “El Tribunal de Contrataciones del Estado es el que sanciona, pero ello se da en la medida en que sea denunciada la infracción, y la denuncia proviene de las entidades (públicas)”, remarcó a Gestión Rojas.

Las claves

Competencia. La modificación del reglamento de las contrataciones públicas amplía la competencia del OSCE para emitir pronunciamientos en licitaciones, concursos y adjudicaciones directas.

Positivo. El especialista en contrataciones, Carlos Peña Perret, calificó de positiva esa medida, pues antes las observaciones las resolvía la entidad contratante, la que actuaba como juez y parte.

Sanción. Ahora el Tribunal del OSCE podrá resolver recursos de apelación, además podrá sancionar a los árbitros en caso de que se detecte un conflicto de intereses con una de las partes.

Plazo. Se fijan plazos de caducidad (15 días) para iniciar un mecanismo de solución de controversias, por lo que ya no se hará en cualquier etapa de la duración del contrato.

Fuente: Diario Gestión

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