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Drásticas sanciones para altos funcionarios por enriquecimiento ilícito

Drásticas sanciones para altos funcionarios por enriquecimiento ilícito

drasticas_sancionesLima, set. 08 (ANDINA). El delito de enriquecimiento ilícito castiga a todo funcionario, aun cuando hayan dejado el cargo público, y la sanción penal establece como agravante que el delito haya sido cometido por altas autoridades o ex funcionarios sometidos al antejuicio político, informó hoy la Fiscalía.

La fiscal adscrita al área de Enriquecimiento Ilícito del Despacho de la Fiscalía de la Nación, Mónica Silva Escudero, explicó que, según el artículo 401 del Código Penal, son autores de este delito todo funcionario o servidor público que aprovechando de su cargo, incrementa su patrimonio de manera desproporcionada en relación a sus ingresos legítimos.

«Solo pueden ser autores de este delito los funcionarios o servidores públicos de todos los niveles, tanto los elegidos por voto popular como los de cargo de confianza, aun cuando hayan dejado el cargo público y hasta que el delito de enriquecimiento ilícito prescriba, que es a los 10 años», precisó.

Silva Escudero indicó que en materia penal, se establece un agravante cuando el delito es cometido por altos funcionarios de cualquier institución del Estado o cuándo están sometidos al antejuicio político. «Se agrava la figura y tiene una penalidad mucho mayor», precisó la magistrada en el programa televisivo Los Fiscales TV.

Señaló que constitucionalmente el único facultado para formular cargos por enriquecimiento ilícito e investigar a quienes incurran en el delito de enriquecimiento ilícito es el Fiscal de la Nación.

La fiscal Silva Escudero explicó que para cumplir con el mandato constitucional de investigar a quienes incurran en el delito de enriquecimiento ilícito, la Fiscalía de la Nación cuenta con el Área Especializada de Enriquecimiento Ilícito y Denuncias Constitucionales.

Fuente Andina

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