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Funcionarios públicos deberán informar sobre su patrimonio en Perú y el extranjero

Funcionarios públicos deberán informar sobre su patrimonio en Perú y el extranjero

funcionarios_publicos_deberanLima, nov. 25 (ANDINA). La Comisión de Justicia aprobó un proyecto de ley que amplía el número de funcionarios públicos que deben presentar su declaración jurada de ingresos, bienes y rentas, y obliga a consignar información sobre su patrimonio en el Perú y el extranjero.

Comisión de Justicia aprueba modificaciones en declaración jurada

Según el titular de esta comisión, Juan Carlos Eguren, los funcionarios públicos sometidos a esta obligación son el Presidente de la República, los vicepresidentes, ministros y viceministros, defensor del Pueblo y adjuntos; los magistrados, congresistas, presidentes regionales y acaldes.

A esta lista se sumarán los regidores, consejeros regionales, miembros de los consejos directivos o consultivos de los tribunales u órganos resolutivos de organismos públicos; los rectores, vicerrectores y decanos de las universidades, así como sus consultores y asesores.

De igual forma lo harán los gobernadores y tenientes gobernadores, los procuradores públicos, diplomáticos, entre otros funcionarios.

Eguren precisó que, si bien estos funcionarios públicos no son titulares de pliego, que manejan en forma directa recursos públicos, sí emiten informes que orientan la toma de decisiones.

De acuerdo con el proyecto de ley, la declaración jurada deberá contener información específica y valorizada, tanto en Perú como en el extranjero, sobre los ingresos, rentas, bienes, ahorros, inversiones, acreencias y pasivos propios y comunes del funcionario público y su cónyuge (siempre que el régimen patrimonial sea de sociedad de gananciales).

También tendrán que constar los derechos o participaciones mantenidas con empresas, corporaciones, sociedades, asociaciones, fundaciones o cualquier otra forma asociativa privada.

La declaración jurada será entregada a la Contraloría General de la República al inicio, durante y al término de la gestión o cargo del funcionario público.

Requisitos y sanciones

La presentación de este documento, de acuerdo con el proyecto de ley, será indispensable para el ejercicio del cargo y, en caso de presentar errores, ello podrá ser subsanado en el plazo que se determine en la reglamentación.

Eguren indicó, asimismo, que el proyecto de ley establece, por primera vez, una sanción equivalente al 20% de la remuneración total para los funcionarios públicos que no presenten su declaración jurada o no remitan información adicional como parte de la fiscalización.

Quien presente el documento omitiendo información será sancionado también con un descuento de entre 10 y 20% de su remuneración total o ingreso mensual.

La entrega de la declaración con información falsa, en tanto, se sancionará con la suspensión temporal no menor de 30 días ni mayor de 365 días calendario, según corresponda.

Eguren aseguró que los cambios en la presentación de la declaración jurada se enmarcan en la lucha contra la corrupción que impulsa la Comisión de Justicia y Derechos Humanos del Congreso de la República.

Fuente Andina

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