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MEF creará el Registro Nacional de Contratos de Asociaciones Público Privadas

MEF creará el Registro Nacional de Contratos de Asociaciones Público Privadas

mef_crear_registroLima, mar. 02. El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) creará el Registro Nacional de Contratos de Asociaciones Público-Privadas (APP) que incluirá contratos suscritos y sus modificatorias y al que se deberán reportar obligatoriamente todas las entidades sujetas a ese rubro de inversiones.

La organización, contenido, condiciones y procedimientos de inclusión de proyecto en el Registro Nacional de Contratos APP serán establecidas por el MEF, según la Ley 30167 que modifica el Decreto Legislativo 1012, de las APP aprobada hoy por el Congreso de la República.

La norma señala que las declaraciones de interés serán publicadas en el diario El Peruano, en un medio de circulación nacional y en el portal del respectivo Organismo Promotor de la Inversión.

Igualmente señala que la Agencia de Promoción de la Inversión Privada (ProInversión) tendrá la facultad de formular Iniciativas Privadas Cofinanciadas y la Dirección General de Política de Inversiones del MEF evaluará y declarará la viabilidad del proyecto de acuerdo a lo dispuesto por el Sistema Nacional de Inversión Pública.

La norma señala que no podrá realizarse un proceso de promoción de la inversión privada para una Asociación Pública Cofinanciada, sin contar con la disponibilidad presupuestaria que acredite la existencia de recursos en la entidad pública competente, y de acuerdo a los procedimientos establecidos en el Reglamento de la norma.

El plan de promoción de la inversión privada y sus modificatorias referidas a los proceso de promoción de la inversión privada, a cargo de ProInversión, requerirán únicamente de la aprobación de su Consejo Directivo y será publicado en el diario El Peruano.

Las iniciativas privadas podrán ser presentadas por personas jurídicas nacional o extranjeras, consocios y los proyectos serán para desarrollar, crear, mejorar operar o mantener infraestructura pública, proveer servicios públicos y/o prestar los servicios vinculados a éstos que requiera brindar el Estado.

Igualmente se desarrollará proyectos de investigación aplicada y/o innovación tecnológica bajo la modalidad de APP.

Las iniciativas privadas que recaigan sobre los proyectos de ámbito nacional e iniciativas privadas cofinanciadas se presentarán ante Inversiones, que será el Organismos Promotores de la Inversión Privada de las mismas.

En tanto que las iniciativas privadas autosostenibles que recaigan sobre proyectos de ámbito regional o local serán presentada ante los Organismos Promotores de la Inversión Privada correspondiente.

Las iniciativas privadas autosostenibles que recaigan sobre proyectos de ámbito regional o local deberán ser presentadas ante los Organismos Promotores de la Inversión privada de los gobiernos regionales o gobiernos locales.

En un plazo de 90 días hábiles, el MEF publicará las modificaciones al Reglamento del Decreto Legislativo 1012 e incluirá las disposiciones publicadas este domingo.

Fuente Andina

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