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MEF establece medida para regularizar contrataciones de bienes, obras y servicios

MEF establece medida para regularizar contrataciones de bienes, obras y servicios

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), estableció una medida para regularizar las contrataciones de bienes, obras y servicios en la administración pública, a fin de prevenir y atender situaciones de emergencia.

Así lo determinó a través de la Resolución Directoral Nº 0003-2023-EF/54.01 publicada hoy en la edición extraordinaria del Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.

Se trata de la Resolución Directoral que incorpora la Décima Disposición Complementaria Final a la Directiva Nº 0005-2021-EF/54.01 “Directiva para la Programación Multianual de Bienes, Servicios y Obras” en los siguientes términos:

“Décima.- Modificación al Cuadro Multianual de Necesidades (CMN) en situación de emergencia

  1. Cuando se presente el supuesto de situación de emergencia, previsto en la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, se puede realizar las contrataciones de bienes, servicios y obras que sean estrictamente necesarios, tanto para prevenir los efectos del evento a producirse, como para atender los requerimientos generados como consecuencia directa del evento que motiva la emergencia, sin que sea obligatorio que previamente se modifique el CMN aprobado.
  2. La Entidad del Sector Público u organización de la entidad está obligada como máximo, dentro del plazo de diez (10) días hábiles siguientes de efectuada la entrega del bien, o la primera entrega en el caso de suministros o desde su instalación y puesta en funcionamiento en el caso de bienes bajo la modalidad de llave en mano, o del inicio de la prestación del servicio, o del inicio de la ejecución de la obra, a regularizar la aprobación y publicación de la modificación al CMN, teniendo en cuenta las acciones y procedimientos establecidos en la Directiva.”

Asimismo, se dispone la publicación de la presente Resolución Directoral, en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef ), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Oficial El Peruano.

La norma lleva la rúbrica del director general de Abastecimiento del MEF, Luis Mijail Vizcarra Llanos.

Fuente Andina

 

 

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