A fin de potenciar la seguridad e impulsar la transparencia en las compras públicas, el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE) modificó la Directiva N° 003-2020-OSCE/CD – «Disposiciones aplicables para el acceso y registro de información en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado (Seace)», mediante la Resolución Nº 000099-2023-OSCE-PRE, publicada el 04 de mayo de 2023 en el Diario Oficial El Peruano.
A través de esta modificación, se busca contribuir a mejorar los controles sobre la administración del Certificado Seace y del Registro de Entidades Contratantes, para lo cual se ha previsto el uso de la firma digital de forma obligatoria en las siguientes solicitudes:
– FORMATO A: Solicitud de inscripción, actualización y desactivación de Entidades en el REC. Funcionario que suscribe: Titular de la entidad o funcionario delegado.
– FORMATO B: Solicitud de emisión, actualización y desactivación del Certificado Seace para Entidades Contratantes. Funcionario que suscribe: Jefe de Administración o quien haga sus veces.
– FORMATO C: Solicitud de emisión, actualización y desactivación del Certificado Seace para ejercer control, fiscalización y seguimiento. Funcionario que suscribe: Jefe de Administración o quien haga sus veces.
– FORMATO E: Solicitud de emisión, actualización y desactivación del Certificado Seace para proveedor exceptuado – Entidad del Estado. Funcionario que suscribe: Jefe de Administración o quien haga sus veces.
– FORMATO H: Solicitud de atención de corrección de datos en el Seace. Funcionario que suscribe: Jefe de Administración o quien haga sus veces.
Asimismo, a efectos de fomentar que los operadores del Seace posean las competencias necesarias, se establece como requisito para la obtención del Certificado Seace que los “funcionarios – usuarios” cuenten con la Certificación de profesional o técnico otorgado por el OSCE. La implementación de esta medida se realiza de manera progresiva, conforme a los cronogramas que publique el OSCE.
Fuente. Diario El Viral