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Pleno edil aprueba compra directa de 10 compactadoras para recojo de basura en Chimbote

Pleno edil aprueba compra directa de 10 compactadoras para recojo de basura en Chimbote

Chimbote en Línea.- El pleno de regidores de la Municipalidad Provincial del Santa (MPS), aprobó por mayoría la compra directa de 10 compactadoras, para el mejoramiento del servicio de recojo de los residuos sólidos en el distrito de Chimbote y zonas aledañas, ante el desabastecimiento inminente.

Con 12 votos a favor y 1 en contra los concejales aprobaron la adquisición de urgencia de estas unidades, a fin de salvaguardar a corto plazo la salud y el ornato de la ciudad.

Durante la sesión de concejo que se desarrolló el jueves en horas de la tarde, el gerente de Gestión y Salud Pública de la comuna, Adrián Torres León explicó que la comuna cuenta con 4 unidades que a duras penas cumplen el servicio por lo que dijo urge la necesidad de hacer la compra. Asimismo recomendó que las unidades utilicen el sistema de combustión a gas por resultar más económico ante la distancia del recorrido al lugar de disposición final.

“Esta compra minimizará los riesgos de contaminación ambiental especialmente en la zona aledañas del casco urbano que están en riesgo ante la presencia de enfermedades, como el dengue zika y chikungunya tal como lo señalan las redes de salud”, expresó.

De igual forma, la gerente de Asesoría Jurídica, Graciela Cruz Palma,  explicó que de acuerdo a la Ley de Contrataciones del Estado, en el artículo 27 establece los supuestos para que se pueda realizar una compra directa.

“En esta causal establece que las entidades pueden contratar directamente con un determinado proveedor ante una situación de desabastecimiento debidamente comprobado que afecta o impide a la entidad cumplir con sus actividades u operaciones”, aseveró.

La gestión actual, liderada por el arquitecto Roberto Briceño Franco tiene planeado volver a comprar 10 vehículos compactadores más, pero bajo otra modalidad. Todo con la finalidad de brindar un mejor servicio y cumplir con los horarios de atención domiciliaria.

Fuente Diario Chimbote en Línea

Nota de redacción:

Respecto a esta Contratación Directa el literal c) del Artículo 100º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante D.S. Nº 344-2018-EF señala lo siguiente:

“c) Situación de desabastecimiento

La situación de desabastecimiento se configura ante la ausencia inminente de determinado bien, servicio en general o consultoría, debido a la ocurrencia de una situación extraordinaria e imprevisible, que compromete la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones que la Entidad tiene a su cargo.

Dicha situación faculta a la Entidad a contratar bienes, servicios en general o consultorías solo por el tiempo y/o cantidad necesario para resolver la situación y llevar a cabo el procedimiento de selección que corresponda.

Cuando no corresponda realizar un procedimiento de selección posterior, se justifica en el informe o informes que contienen el sustento técnico legal de la Contratación Directa.

No puede invocarse la existencia de una situación de desabastecimiento en las siguientes contrataciones:

…///

c.4) Por prestaciones cuyo alcance exceda lo necesario para atender el desabastecimiento.”

Bajo estas consideraciones nos hacemos las siguientes preguntas:

a) ¿Nos encontramos realmente frente a una situación extraordinaria e imprevisible?

b) ¿Adquirir 10 compactadoras por desabastecimiento inminente no excede lo necesario para atender el desabastecimiento?

c) ¿No se puede resolver la situación contratando, bajo esta modalidad, el alquiler de las 10 compactadoras mientras se realiza el Procedimiento de Selección correspondiente?

Sugerimos a la Municipalidad Provincial del Santa que revise las Opiniones del OSCE Nº 175-2018/DTN y Nº 209-2017/DTN

Editor

 

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