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Conozca los beneficios y alcances de la Ley del Servicio Civil

Conozca los beneficios y alcances de la Ley del Servicio Civil

conozca_beneficios_de_la_ley_de_servicio_civilLa PCM ratificó que no habrá despidos masivos de servidores y tampoco existe en la norma ningún artículo referido a compra de renuncias o incentivos, o ceses colectivos.

La Ley del Servicio Civil, promulgada esta semana por el Poder Ejecutivo, sentará las bases para mejorar el desempeño de los servidores públicos, mediante la capacitación, la meritocracia y el respeto de los derechos laborales, afirmó la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM).

Al detallar algunos de sus alcances y beneficios, señaló que ello permitirá que las entidades del Estado alcancen mayores niveles de eficacia y eficiencia, además de que presten servicios de calidad en beneficio de los ciudadanos, añadió.

Esta ley, que establece un régimen único y exclusivo para quienes prestan servicio en las entidades públicas estatales, instaura los derechos y deberes de los servidores públicos, la regulación para las capacitaciones, evaluaciones, compensaciones, régimen disciplinario, entre otros.

INCORPORACIÓN VOLUNTARIA

La PCM recordó que la incorporación al nuevo régimen del servicio civil es voluntaria y los concursos para trasladarse a este sistema no requieren de la renuncia previa al régimen de los Decretos Legislativos 276, 728 y 1057.

Además que se aplicará la meritocracia tanto para el ingreso al nuevo régimen, como para el ascenso y la permanencia,  para contar con las personas más idóneas para el puesto, con competencia y transparencia, garantizando la igualdad en el acceso a la función pública.

Asimismo, se profesionalizará a los servidores a través de la evaluación constante, la capacitación y el cumplimiento de metas. Precisa que los resultados de la capacitación que reciban y su aprovechamiento a favor de la institución deben ser medibles.

EVALUACIONES

Las evaluaciones de desempeño, añadió, permitirán capacitar a aquellos trabajadores que salgan mal, así como mejorar los ingresos y lograr ascensos de aquellos que salgan bien evaluados, precisó.

La evaluación es obligatoria, integral, sistemática y continúa, y estará sujeta a reglas como: a) Los factores a medir como desempeño deben estar relacionados con las funciones del puesto, b) Se deben realizar en función a factores o metas mensurables y verificables, c) El servidor debe conocer por anticipado los procedimientos, factores o metas con los que es evaluado d) Se realiza con una periodicidad anual, e) El servidor que no participe por motivos atribuibles a su exclusiva responsabilidad será calificado como personal desaprobado.

ESTABILIDAD Y CTS

Por otro lado, la norma permite que los servidores CAS, y todos aquellos que ingresen al nuevo régimen, cuenten con estabilidad laboral y con un mejor horizonte laboral.

También mantiene el cálculo de la CTS sobre el ciento por ciento de la valorización principal y ajustada, pagada al servidor civil cada mes durante los últimos 36 meses de trabajo, por cada año de servicios efectivamente prestados.

PERIODO DE PRUEBA

Respecto al periodo de prueba para los miembros de este régimen laboral, se aplicará sólo a los nuevos trabajadores y no a quienes formen parte de los regímenes de los decretos 276 y 728 y del Contrato Administrativo de Servicios (CAS).

Asimismo, incluye la posibilidad de solicitar un adelanto de la edad de jubilación de los trabajadores que formen parte del nuevo régimen laboral y cambia la denominación de “personal de ineficiencia comprobada” por la de “personal desaprobado”.

NO HABRÁS DESPIDOS

La PCM ratificó que no habrá despidos masivos de servidores y tampoco existe en la norma ningún artículo referido a compra de renuncias o incentivos, o ceses colectivos.

Además, las madres trabajadoras seguirán gozando de su descanso pre y post natal con pago.

ANDINA

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