Todas las entidades que formen parte en un convenio de colaboración u otro de naturaleza similar deberán registrarlo en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado (SEACE).
Así lo informó el OSCE, al comentar el impacto de la Opinión Nº 022-2018, dictada por la Dirección Técnico Normativa (DTN). Según esta, el registro en el SEACE opera independientemente de las implicancias del convenio, como lo señala la Ley de Contrataciones y la Directiva N° 008-2017-OSCE/CD.
Cada entidad, además, debe verificar que estos convenios no persigan fines de lucro y estén entre los supuestos excluidos del ámbito de aplicación sujetos a supervisión, previsto por la Ley de Contrataciones del Estado.
Por tanto, la información que se registrará en el SEACE comprenderá el archivo del convenio, la información de la contraparte: denominación de la entidad u organismo con la que se suscribe el convenio, la estructura de costos, en los casos en que el convenio involucre algún tipo de desembolso dinerario, entre otros.
Fuente El Peruano