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Minjus publicará lista de empresas corruptas que no podrán hacer transferencias al exterior

Minjus publicará lista de empresas corruptas que no podrán hacer transferencias al exterior

Compañías que quieran adquirir bienes vinculados a casos de corrupción deberán solicitar la aprobación del Ejecutivo.

El Ministerio de Justicia publicó hoy los lineamientos para la implementación del decreto de urgencia n° 003-2017, que suspende el derecho de las empresas que hayan sido condenadas, hayan admitido o estén vinculadas a la comisión de delitos contra la administración pública de transferir capitales o dividendos al exterior.

Como se recuerda, el objetivo de este decreto de urgencia es garantizar la reparación civil al Estado peruano en casos como Lava Jato.

En estos lineamientos, se precisa que el Minjus publicará una lista de estas personas naturales y jurídicas que serán comprendidas en los alcances del decreto, publicado en la segunda semana de febrero. La lista estará disponible en el portal web de la cartera de Justicia y será actualizada periódicamente.

También se dispuso que cualquier persona que quiera adquirir bienes (o derecho, acción, valor) de empresas vinculadas a casos de corrupción deberán presentar una solicitud al Ministerio de Justicia. Esta solicitud deberá ser presentada una vez que se cuente con un acuerdo comercial definitivo entre las partes.

El proceso es el siguiente: el Minjus traslada la solicitud a la Procuraduría, la que determinará el monto estimado que, por concepto de reparación civil, le correspondería retener al Estado peruano. Luego, el Minjus remite esa información al ‘potencial adquiriente’ y el aporte será separado y transferido al Fideicomiso de Retención y Reparación (FIRR), administrado por el Banco de la Nación.

De acuerdo con el congresista fujimorista Miguel Torres, el premier Fernando Zavala será invitado para acudir al Congreso y explicar los alcances de este decreto.

Fuente Semana Económica

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1 Comment

  • Angel , 9 marzo, 2017 @ 4:53 pm

    EL CERRAR EMPRESAR ES LO FÁCIL, PORQUE NO INHABILITAN A LOS DUEÑOS DE LAS EMPRESAS A CONTRATAR CON EL ESTADO Y DISPONER SUS BIENES (DINERO) EN FINANCIAR OTRA EMPRESAS DEL MISMO RUBRO QUE LES EPRMITA CONTINUAR EN EL ILÍCITO DE CORRUPCIÓN.
    NO HAY QUE PERDER DE VISTA QUE MUCHOS FUNCIONARIOS O EX FUNCIONARIOS DEL ESTADO Y HASTA SUS FAMILIARES ESTÁN VINCULADOS EN EMPRESAS QUE HAN DESARROLLADO ACTOS DE CORRUPCIÓN, SON SOCIOS O FORMAN PARTE DE DICHAS EMPRESAS COMO CONSULTORES O PERTENECEN AL STAFF DE LAS MISMAS.
    SI QUEREMOS ACTUAR, QUE SEA CON MANO DURA.

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