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Nuevo marco legal para declaración jurada favorece lucha anticorrupción

Nuevo marco legal para declaración jurada favorece lucha anticorrupción

congreso_nuevo_marcoLima, ene. 07 (ANDINA). El nuevo marco legal de declaraciones juradas de ingresos, bienes y rentas, aprobado anoche por el pleno del Congreso, constituye un apoyo sustancial que fortalecerá la lucha anticorrupción, destacó hoy la Contraloría General de la República.

La iniciativa legal, basada en una propuesta presentada por la Contraloría, permitirá evaluar la evolución patrimonial y financiera de los trabajadores públicos, a fin de prevenir o detectar casos de enriquecimiento ilícito o lavado de activos.

Tras felicitar la decisión del Parlamento, la entidad fiscalizadora resaltó que el proyecto aprobado amplía el espectro de funcionarios y servidores públicos que deberán  presentar de manera obligatoria sus declaraciones juradas.

Con ello, no solo estarán obligados los altos funcionarios o titulares de entidades, o los que administran y manejan fondos del Estado, sino también quienes disponen de bienes y toman decisiones en torno al uso del patrimonio.

Bajo esa premisa, se incluye a todos los alcaldes y regidores y no solo los municipios que administran recursos económicos mayores a las 2,000 Unidades Impositivas Tributarias, como era antes de esta ley.

Además, se incorpora en esta obligación a los miembros de los consejos regionales y a los parlamentarios andinos.

La norma considera que la  nueva declaración jurada deberá ser específica y valorizada sobre los ingresos, rentas, bienes, ahorros, inversiones, acreencias y pasivos propios del funcionario y los comunes del matrimonio que posean en el país y el extranjero.

La presentación de la información se realizará al inicio, durante el ejercicio y al término  de la gestión o cargo que ejerce el funcionario público obligado a declarar, en las oportunidades y plazos que se establezcan en el reglamento.

Infracciones y Sanciones

Adicionalmente, se fortalecen las sanciones ante incumplimiento en la presentación de las declaraciones, omisión o falsedad en la información presentada, mediante multas, suspensión temporal,  destitución,  despido  o resolución contractual e inhabilitación para contratar con el Estado, según sea  el caso.

Las entidades están obligadas a publicar la relación de infractores.

Con la ley, el país cumple los compromisos asumidos en la Convención de Naciones  Unidas contra la Corrupción, Convención Interamericana contra la Corrupción, y la Alianza para un Gobierno Abierto, entre otros, concluyó la Contraloría en un comunicado.

Fuente Andina

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