compras-estatales

OECE amplía de 30 a 180 días adecuación al REGAJU mientras revisa las reglas cuestionadas

OECE amplía de 30 a 180 días adecuación al REGAJU mientras revisa las reglas cuestionadas

La medida alcanza a las instituciones arbitrales y centros de JPRD inscritos en el registro. La Directiva N.º 004-2025-OECE-CD no queda sin efecto, pero será sometida a revisión técnica.

Apenas tres días después de anunciar la revisión de las cuestionadas normas vinculadas al arbitraje y las Juntas de Prevención y Resolución de Disputas (JPRD), el OECE adoptó una primera medida concreta: amplió de 30 a 180 días calendario el plazo para que las instituciones inscritas se adecuen a las nuevas reglas del REGAJU.

Según el Comunicado N.º 012-2026-OECE, del 16 de agosto, la ampliación busca cautelar y permitir un análisis de la medida en el mercado, considerando además que actualmente no existe un procedimiento de exclusión automática del REGAJU.

Las instituciones arbitrales y centros de administración de JPRD que actualmente se encuentran inscritos mantendrán su inscripción durante este periodo.

De la revisión anunciada a una primera medida

La decisión debe leerse conjuntamente con el Comunicado N.º 011-2026-OECE, sobre el cual ComprasEstatales.org informó el pasado 13 de agosto.

En aquella oportunidad, la nueva gestión reconoció las “inquietudes, quejas y observaciones” formuladas por distintos actores y anunció una revisión técnica exhaustiva e inmediata de tres directivas y un lineamiento que habían generado controversia.

Ahora, el OECE precisa que esa revisión comprenderá inicialmente la Directiva N.º 004-2025-OECE-CD y las disposiciones relacionadas con la adecuación y permanencia en el REGAJU, tomando en consideración las consultas, observaciones y cuestionamientos formulados por los actores del sistema.

La ampliación a 180 días otorga así un margen considerablemente mayor frente a los 30 días inicialmente establecidos, uno de los aspectos que había generado cuestionamientos de las cámaras de comercio. Estas habían advertido sobre los posibles efectos de las nuevas exigencias en la continuidad de las instituciones arbitrales.

La Directiva 004 continúa vigente, pero puede ser modificada

Es importante precisar que el OECE no ha dejado sin efecto la Directiva N.º 004. La norma permanece vigente mientras se desarrolla la revisión anunciada.

Sin embargo, tampoco puede afirmarse que su contenido permanecerá necesariamente inalterado. El propio Comunicado N.º 012 señala que la revisión permitirá “evaluar los ajustes que pudieran corresponder”.

Este es probablemente el aspecto más relevante del nuevo pronunciamiento: la ampliación del plazo resuelve temporalmente el problema de la adecuación inmediata, mientras la nueva gestión evalúa si las reglas cuestionadas deben mantenerse o modificarse.

El debate, por tanto, no ha concluido. El plazo cambió; ahora falta conocer si también cambiarán las reglas.

Fuente Licita Fácil

administrator
Asesor en contrataciones públicas con más de 27 años de experiencia exclusiva. Fundador de LicitaFacil.pe y director de ComprasEstatales.org. Especialista en apelaciones, procedimientos sancionadores y estrategias para proveedores del Estado. Promotor de la transparencia y buenas prácticas en el Perú.

Artículos relacionados

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Translate »