El 11 de Abril se publicó en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado la Resolución de Gerencia General Nº 108-2014 que resuelve dejar sin efecto las Exoneraciones 002 y 003 -2014-SERPAR – LIMA/MML correspondientes a la Ejecución y Supervisión de la Obra “creación del Parque del Migrante”.
En los considerandos de dicha Resolución se señala: “Que dado que la Dirección de Supervisión del OSCE, mediante documentos de vistos ha requerido formalmente a nuestra Entidad que adoptemos las medidas sobre la configuración de la causal de Exoneración de l Proceso de Selección de la Ejecución de la Obra “Creación del Parque del Migrante” y a autorización de la Exoneración por el Titular de la Entidad; consideramos oportuno dejar sin efecto lo actuado en las Exoneraciones Nos. 002 y 003 – SERPAR LIMA/MML, a fin de que se efectúen apropiadamente las gestiones que permitan la ejecución de la Obra “creación del Parque del Migrante, de acuerdo a Ley”
El Segundo Articulo de la Resolución encarga a la Oficina de Asesoría Legal que determine las responsabilidades administrativas que correspondan en el desarrollo de las exoneraciones citadas en la presente resolución.
Nuestra Asociación desde el 24 de Marzo advirtió de esta irregular Contratación, lamentando que SERPAR haya perdido casi un mes tratando de realizar la contratación referida eludiendo la Ley, tiempo que hubiera permitido que el Proceso de Selección correspondiente estuviera en la etapa de Integración de Bases y a una semana de la presentación de propuestas.
Esperemos que otras Entidades tomen cuenta de lo ocurrido y no se sigan cometiendo los excesos denunciados y desarrollen sus Procesos de Contratación dentro de los márgenes que la Ley establece, evitando pérdidas de tiempo y recursos innecesarios.
Aceda a la Resolución de Gerencia General Nº 108-2014 aquí
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