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Chiclayo: Exfuncionario de la MPCh debe pagar caución de S/ 20 mil

Chiclayo: Exfuncionario de la MPCh debe pagar caución de S/ 20 mil

Se salva de ir a prisión. El exsubgerente de Estudios y Proyectos de la Municipalidad Provincial de Chiclayo (MPCh), Ernesto Alonso Sánchez Vásquez, deberá pagar una caución de 20 mil soles en un plazo de 10 días, caso contrario, se ordenará su internamiento en el penal exPicsi por sus vínculos con la red criminal “Los Limpios de la Corrupción”.

DECISIÓN. Así lo dispuso la titular del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo, Cecilia Grandez Rojas, al declarar infundado el pedido de prisión preventiva que presentó la Fiscalía contra el exfuncionario edil.

La magistrada consideró que no existe peligro de fuga ni obstaculización por parte del extrabajador de la MPCh, motivo por el cual, solo le impuso comparecencia con restricciones; lo cual no fue aceptado por el fiscal Eliu Arismendiz Amaya, quien en ese mismo momento, solicitó sustentar su apelación.

Evidentemente molesto por haberse rechazado su pedido, el citado fiscal levantó el tono de voz al exponer su impugnación, lo cual no le gustó a la jueza, quien lo interrumpió para explicarle que ella no era sorda, iniciándose una pequeña gresca verbal entre ambos.

Conforme a lo señalado en la audiencia por el fiscal, Sánchez Vásquez habría participado en el “direccionamiento” de 10 procesos de licitación a favor de determinadas empresas constructoras, elaborando expedientes técnicos y visando Requerimientos Técnicos Mínimos (RTM) pese a que ambos no coincidían.

Aunque ostentaba el título de ingeniero agrónomo y no de ingeniero civil, el exfuncionario se dedicó a elaborar los expedientes técnicos y no observó los RTM pese a que eran demasiado específicos y restringían la participación de otros postores.

Por estos hechos, la jueza determinó que sí existen graves y fundados elementos de convicción y una posible pena que superior a los 20 años de cárcel por los delitos de colusión y asociación ilícita para delinquir. “No se puede pasar por alto esos hechos como si fueran meras faltas administrativas porque son errores reiterativos”, sostuvo.

Sin embargo, la magistrada hizo alusión al caso del exfuncionario Fernando Fernández Bravo, a quien le había impuesto la medida de prisión preventiva pero la Sala Superior de Apelaciones la revocó porque no existía peligro de fuga.

“El procesado cuenta con domicilio fijo, tiene trabajo y un hogar establecido con cónyuge e hija. No existe peligro de fuga, más aún cuando al cambiar su situación de testigo a imputado concurrió a todas las diligencias. Al igual que Fernández nunca se abstuvo de declarar”, acotó.

Al sustentar su apelación, el fiscal Eliu Arismendiz cuestionó el fallo de la jueza; pues ya había determinado que el exfuncionario favorecía a las empresas que previamente le entregaban una coima al exalcalde Roberto Torres.

Fuente Diario Correo

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