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Contratos y cláusulas anticorrupción, por Miguel Ángel Ronceros

Contratos y cláusulas anticorrupción, por Miguel Ángel Ronceros

Mucho se ha dicho en estos últimos meses a propósito de las acusaciones de supuestos actos de corrupción vinculados a contratos de concesión y obras públicas que se vienen ejecutando en el Perú. Una historia de relativo éxito, un ejemplo de promoción de inversión privada en infraestructura para la región y varios gobiernos que han mantenido un enfoque de promoción de asociaciones público-privadas para el desarrollo de infraestructura están ahora bajo la lupa y en entredicho.

En esta coyuntura, parte de la discusión se viene centrando en la eventual aplicación de las llamadas “cláusulas anticorrupción”. Estas son incluidas en contratos con el Estado y le permiten declarar a este la terminación de los mismos en caso se verifique la falsedad de una declaración del concesionario. Esto significa que ninguno de sus directores, funcionarios, socios, representantes legales o empresas vinculadas haya recibido, realizado u ofrecido ningún pago o comisión ilegal en relación con la concesión, el contrato o el concurso.

La discusión sobre estas cláusulas anticorrupción ha surgido a propósito de que se hizo público el pedido de un potencial adquirente del proyecto del Gasoducto Sur Peruano (GSP) para que el contrato de concesión se modifique de tal manera que dicha cláusula no le resulte de aplicación si es que se descubriera, a futuro, eventos de corrupción anteriores a la toma del proyecto por ese adquirente. Dicho pedido fue denegado por la actual administración sobre la base de que “resultaba inaceptable para un país renunciar a una cláusula que tiene en todos sus contratos y donde dice que si hay un elemento de corrupción se cae el contrato”.

Sorprenderá a muchos lectores, sin embargo, el tomar conocimiento de que no ha sido política de Estado el establecer en sus contratos cláusulas expresas que tengan por objetivo asegurar el correcto actuar de las empresas que suscriben contratos con el mismo. El criticado contrato del GSP es más bien uno de los pocos contratos de concesión en el que correctamente se incluyó tal cláusula.

La cláusula anticorrupción del GSP tiene su antecedente en los contratos de concesión de transporte de gas natural y líquidos de Camisea, los cuales se firmaron en el 2000, pero no ha sido una cláusula estándar o que se repita en otros contratos de concesión. Basta con mencionar, por ejemplo, que proyectos de envergadura como el de Rutas de Lima, Línea Amarilla, los 5 tramos del proyecto Corredor Vial Interoceánico Sur Perú–Brasil y el proyecto del Eje Multimodal del Amazonas Norte IIRSA no contienen una cláusula con contenido o consecuencias similares.

Esta omisión no implica una indefensión por parte del Estado, pues ciertamente cuenta con otros mecanismos legales para defender sus intereses en caso de que se evidenciaran actos de corrupción. Pero ¿qué pasó entre el 2000 y el 2014 para que no se considerara oportuno incluir este tipo de cláusulas en la mayoría de contratos de concesión? Consideramos que ello se ha debido fundamentalmente a una falta de unicidad de criterios al interior del propio Estado. Esto se debe a la carencia de una política de Estado al respecto, pues estas cláusulas se siguieron utilizando en el sector energía mas no en otros sectores.

Esta experiencia evidencia la importancia de uniformizar criterios y estándares generales en contratos de concesión, evidentemente sin perjudicar el hecho de que cada proyecto tiene particularidades y potencialidades propias que ameritan un tratamiento caso por caso.

Pareciera que ya estamos en dicho camino. Recientemente, el Ministerio de Economía y Finanzas anunció que trabajará en cláusulas estándar. Ello a raíz de que la última versión del contrato de concesión de la carretera Longitudinal de la Sierra, que estaría próximo a ser adjudicado, incluye una cláusula anti-corrupción similar a la del GSP. La misma iniciativa se ha visto reflejada en el paquete de decretos legislativos emitidos por el Ejecutivo. A comenzar nuevamente.

Fuente El Comercio

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