El día de hoy se ha publicado en el SEACE la Convocatoria a la Adjudicación de Menor Cuantía N° 0023-2014-ELECTROPERU cuyo objeto es la Adquisición de Mouse Pad de Cuero Ergonómico Antibacterial con un Valor Referencial de S/. 13,329.28 Trece Mil Trescientos Veintinueve con 28/100 Nuevos Soles.
Revisando las Bases del Proceso se observa que la contratación es por 200 Unidades de Mouse Pad de cuero ergonómico antibacterial color negro con descanso muñeca, es decir un Valor referencial Unitario de S/. 66.64.
La justificación de la Entidad para la contratación, que se consigna en el Capítulo III Especificaciones Técnicas y Requerimientos Técnicos Mínimos de las Bases, es que “…al no contar en la actualidad con suficientes pad mouse para todo el parque de computadoras de las tres sedes, además de que es necesario prevenir futuros problemas en las manos y muñecas de los trabajadores por utilizar el mouse sin algún soporte de almohadilla para el descanso físico de las manos”
El artículo 13 de la Ley, en su segundo párrafo, establece que “Al plantear su requerimiento, el área usuaria deberá describir el bien, servicio u obra a contratar, definiendo con precisión su cantidad y calidad, indicando la finalidad pública para la que debe ser contratado.”, vale decir qué interés público se persigue satisfacer con la contratación.
Así mismo, el Artículo X del Título Preliminar de la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, Ley Nº 28411, establece que Las políticas de gasto público vinculadas a los fines del Estado deben establecerse teniendo en cuenta la situación económica-financiera y el cumplimiento de los objetivos de estabilidad macrofiscal, siendo ejecutadas mediante una gestión de los fondos públicos, orientada a resultados con eficiencia, eficacia, economía y calidad.
Nos preguntamos ¿comprar mouse pad de S/66.64 resulta de interés público, eficiente, y económico, existiendo en el mercado mouse pad muchos más baratos que pueden satisfacer la misma necesidad?
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