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Empresa que construyó colegio de Andabamba pierde arbitraje para anular rescisión de contrato

Empresa que construyó colegio de Andabamba pierde arbitraje para anular rescisión de contrato

Un laudo del Centro de Conciliación de la Cámara de Comercio e Industrias de Huánuco ha puesto fin a la controversia entre la empresa Inversiones En Ti Jesús SAC —de propiedad de los hijos del ahora prófugo gobernador regional de Huánuco, Juan Alvarado Cornelio—  y la Municipalidad Distrital de Pillco Marca por la rescisión del contrato que ambos suscribieron para la construcción y equipamiento de la nueva infraestructura de la institución educativa pública integrada n.º 32271 en el centro poblado de Andabamba.

En efecto, el 26 de diciembre del 2018, el entonces alcalde de Pillco Marca, Alejandro Condezo, firmó contrato con el representante de la empresa Inversiones En Ti Jesús SAC, Juan Lenon Alvarado Modesto, para la ejecución, en 240 días, de la obra «Mejoramiento de la oferta de los servicios educativos para el logro del aprendizaje establecido en el diseño curricular por niveles en la institución educativa pública integrada n.º 32271 de la localidad de Andabamba…» por 3 037 534.50.

Los trabajos de la obra se iniciaron el 17 de enero del 2019 y debió concluir el 24 de setiembre de ese mismo año. Sin embargo, el plazo se suspendió por 105 días calendarios y la nueva fecha de culminación era entonces el 28 de diciembre.

El 22 de enero del 2020 los miembros del Comité de Recepción de la obra constataron que la obra no estaba concluida. Y un informe de la Contraloría ratificó esta conclusión al señalar que la obra, al 31 de enero del 2020, tenía 93.71 % de avance total.

El 10 de marzo del 2020 la Municipalidad de Pillco Marca notifica a la empresa Inversiones En Ti Jesús SAC la Resolución de Alcaldía n.º 135-2020-MDPM/A que resuelve el contrato por incumplir el plazo de ejecución y acumular penalidades por más del 10 % del monto contractual.

El 15 de marzo el Gobierno declaró el estado de emergencia nacional y aislamiento social obligatorio en el país, que entró en vigencia al día siguiente, a causa de la covid-19.

El 8 de abril del 2021, la empresa Inversiones En Ti Jesús SAC presenta su demanda arbitral en el Centro de Arbitraje de la Cámara de Comercio e Industrias de Huánuco, pidiendo la nulidad de la resolución que le rescinde contrato y que le fue notificado un año y un mes antes.

La Procuraduría de la Municipalidad de Pillco Marca respondió la demanda planteando dos excepciones: de cosa juzgada y de oscuridad o ambigüedad en el modo de proponer la demanda.

Alega la procuradora que la resolución de rescisión de contrato tiene la condición de consentida y firme, pues venció el plazo de 30 días para impugnarla.

La empresa no respondió a los alegatos de la procuradora.

El árbitro Carlos Torres Zavala resolvió entonces fundada la excepción de cosa juzgada «al haber excedido el plazo de caducidad de 30 días hábiles, habiendo caducado el derecho y la acción respecto a la resolución del contrato».

El árbitro advierte que si bien en el país se dictó la inmovilización social en marzo del 2020, «lo cierto es que desde el 11 de junio de 2020 se retomaron el cómputo de plazos de tramitación de procedimientos administrativos sujetos a silencio positivo y negativo…»

Con relación a la excepción de oscuridad o ambigüedad en el modo de proponer la demanda, Torres Zavala la declaró infundada porque cuando se fijaron los puntos controvertidos del arbitraje no hubo oposición, quedando claro, entonces, «cuáles son los puntos controvertidos para que las partes puedan desarrollar sus argumentos en ese sentido…»

Con el laudo a favor de la Municipalidad de Pillco Marca la controversia con Inversiones En Ti Jesús SAC llega a su fin, aunque este podría acudir al Poder Judicial.

Fuente Página 3

 

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