compras-estatales

Equivalencias entre la Ley de Obras Paralizadas con la Ley General de Contrataciones Públicas

Equivalencias entre la Ley de Obras Paralizadas con la Ley General de Contrataciones Públicas

La comparación entre la Ley de Obras Paralizadas y la Ley General de Contrataciones Públicas en el contexto de la contratación estatal revela importantes sinergias y diferencias. Ambas normativas persiguen el objetivo de mejorar la transparencia y eficiencia en el uso de fondos públicos; sin embargo, lo hacen a través de enfoques y mecanismos que varían significativamente.

Uno de los principios fundamentales compartidos por ambas leyes es la búsqueda de transparencia en los procesos de contratación pública. La Ley General de Contrataciones Públicas, a través de su reglamento, establece un marco que promueve la transparencia formal, permitiendo que los ciudadanos tengan un mejor control sobre cómo se manejan los recursos públicos Chambilla-Chambi (2023). Este enfoque se complementa con la Ley de Obras Paralizadas, que también pone un énfasis notable en la transparencia como un instrumento contra la corrupción y una forma de asegurar que las obras se realicen según los lineamientos establecidos Fernández (n.d.). La transparencia, por ende, no solo sirve como un mecanismo de rendición de cuentas, sino que también facilita la concurrencia en licitaciones, asegurando un trato equitativo entre todos los participantes de la contratación pública Almeida et al. (2023).

Otra equivalencia entre ambas leyes radica en su enfoque hacia la planificación y gestión del gasto público. La Ley General establece procedimientos claros que buscan maximizar la eficiencia en la adquisición de bienes y servicios, promoviendo la competencia y la igualdad de oportunidades para los oferentes Cercado et al. (2023). Por su parte, la Ley de Obras Paralizadas también resalta la importancia de una adecuada planificación, constituyéndose como un espacio normativo que busca prevenir que los proyectos de inversión se estanquen y se conviertan en obras sin ejecutar. Esto es crucial, ya que la ineficacia en la ejecución de obras puede derivar en pérdidas significativas de recursos financieros y humanos para el Estado Rodríguez et al. (2018).

Aunque ambas normativas buscan regular la contratación estatal, sus aplicaciones difieren significativamente. La Ley de Obras Paralizadas se enfoca en los detalles operativos y los procedimientos para reactivar y asegurar el avance de proyectos de construcción detenidos. Por otro lado, la Ley General de Contrataciones Públicas abarca un espectro mucho más amplio de situaciones de contratación por parte del estado, incluyendo la compra de bienes, la contratación de servicios y la ejecución de obras (Flores, 2021).

Finalmente, es relevante mencionar que el contexto actual de la contratación pública, incluyendo la crisis provocada por la COVID-19, ha puesto de manifiesto la necesidad de revisar y adaptar ambas leyes para mejorar su capacidad de respuesta ante situaciones de emergencia (Davis, 2020; la implementación de formas de contratación directa durante la pandemia evidencia un cambio en la forma en que se gestionan los recursos públicos, estableciendo un desafío y, al mismo tiempo, una oportunidad para integrar principios de ambas leyes en una estrategia que maximice la eficiencia y la transparencia Mamani (2022).

Referencias:

Almeida, E., Jaramillo-Mediavilla, K., Jaramillo-Mediavilla, L., Echeverría, P., & Yépez, K. (2023). La gestión de los gadprs a través de las compras públicas en la provincia de imbabura. Latam Revista Latinoamericana De Ciencias Sociales Y Humanidades, 4(3). https://doi.org/10.56712/latam.v4i3.1078

Cercado, M., García, A., & García, J. (2023). Procedimientos por ínfima cuantía en la contratación pública de los gobiernos autonómos descentralizados provinciales. Ciencia Y Desarrollo, 26(3), 85. https://doi.org/10.21503/cyd.v26i3.2494

Chambilla-Chambi, J. (2023). La auditoría de cumplimiento y su incidencia en la transparencia de las compras directas. Gestionar Revista De Empresa Y Gobierno, 3(2), 120-130. https://doi.org/10.35622/j.rg.2023.02.010

Davis, C. (2020). Integridad, competencia restringida y covid-19: retos para la contratación pública peruana. RID, 1(1), 56-73. https://doi.org/10.37768/unw.rid.01.01.004
Fernández, J. Transparencia versus corrupción en la contratación pública. medidas de transparencia en todas las fases de la contratación pública como antídoto contra la corrupción.. https://doi.org/10.18002/10612/7261

Flores, J. (2021). Los proyectos especiales de inversión pública y el modelo de ejecución de inversiones públicas: revisión de las herramientas que pueden emplearse para mejorar las contrataciones del estado. Ius Et Veritas, (62), 131-151. https://doi.org/10.18800/iusetveritas.202101.007

Mamani, M. (2022). Las contrataciones directas y su incidencia en la relación entre estado y ciudadano. Academo Revista De Investigación en Ciencias Sociales Y Humanidades, 10(1), 103-111. https://doi.org/10.30545/academo.2023.ene-jun.9

Rodríguez, E., Rivera, C., & Castillo, T. (2018). Insatisfacción con el sistema nacional de contratación pública: una visión del contratista en ejecución de obras. Novasinergia Revista Digital De Ciencia Ingeniería Y Tecnología, 1(1), 80-91. https://doi.org/10.37135/unach.ns.001.01.10

Autor: Juan Carlos Rodríguez Luna

MBA, CPC, Certificado OECE y Auditor Independiente, con especialización en Gestión Pública, Contrataciones del Estado y Control Gubernamental. Docente con amplia experiencia en el sector público y privado, incluyendo firmas de auditoría nacionales e internacionales.

administrator

Artículos relacionados

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Translate »