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Jueces apoyan decisión de Proinversión en licitación

Jueces apoyan decisión de Proinversión en licitación

En una votación dividida (3-2), la Segunda Sala Civil de Lima rechazó la demanda que interpuso el consorcio Gasoducto Peruano del Sur, integrado por GDF Suez, Sempra, Techint y TGI, contra Proinversión, por haber sido excluido de la licitación del Gasoducto del Sur, el 30 de junio del 2014.

Según trascendió, la sentencia considera que el consorcio informó fuera del plazo la variación en la participación accionaria de sus integrantes, lo que transgredía las bases del concurso. El plazo para informar de la variación accionaria era hasta el 20 de junio. Pero recién el 26 de junio se informó que la empresa GDF Suez reducía su participación al 2%, dejando a los otros consorciados con 32,6% del total, por lo que, concluyeron la mayoría de jueces, la decisión de Proinversión se ajustó a las bases del concurso.

La sentencia se emite casi cinco años después de presentada la demanda. En primera instancia, un juez falló a favor del consorcio, pero los jueces superiores fueron de distinto proceder. Los representantes del consorcio podrían intentar una nueva revisión del caso, vía un recurso de casación ante la Corte Suprema.

El fallo se emite luego de que trascendiera un informe de la Contraloría General de la República que considera que la descalificación del Gasoducto Peruano del Sur buscó favorecer a Odebrecht.

También se han conocido pagos ilícitos de la Caja 2 a cargo del proyecto del Gasoducto del Sur que se han interpretado como posibles pagos realizados a algún funcionario del referido consorcio para que cometa el “error” por el que fue descalificado.

Inicialmente, el Comité de Proinversión dio plazo al consorcio para que aclare la modificación accionaria, pero antes del término, con base en informes de los estudios de abogados Echecopar y Delmar Ugarte, los descalificaron.

El voto en minoría de los jueces recogía el incumplimiento del plazo para darle la razón al consorcio. En discordia, los jueces indicaron que el comité no tenía facultades para anular su propio plazo.

Fuente La República

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