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Ley N.° 32069: un año después, el sistema sigue sin acompañar la reforma

Ley N.° 32069: un año después, el sistema sigue sin acompañar la reforma

Procesos fallidos, baja adopción de nuevos mecanismos y fallas operativas evidencian que la implementación aún no está a la altura del cambio normativo.

Hoy se cumple un año desde que la Ley N.° 32069 entró en vigencia con la promesa de transformar el sistema de contratación pública en el Perú. La narrativa que acompañó su implementación fue ambiciosa y, en muchos aspectos, necesaria: dejar atrás un modelo centrado en el cumplimiento formal para avanzar hacia uno orientado a resultados, eficiencia, valor por dinero y gestión de riesgos. Sin embargo, como suele ocurrir con toda reforma estructural, el verdadero examen no estaba en el diseño normativo, sino en su aplicación. Y es precisamente en ese terreno donde el balance del primer año obliga a mirar con mayor rigor lo que realmente está ocurriendo.

Un cambio de enfoque que sí marca una diferencia

Desde una perspectiva conceptual, la Ley 32069 introduce elementos que representan un avance respecto del régimen anterior. La incorporación del enfoque de valor por dinero, la consideración del ciclo de vida de las contrataciones, la posibilidad de utilizar esquemas integrales como Diseño y Construcción, así como la implementación de mecanismos preventivos como la Junta de Prevención y Resolución de Disputas, evidencian un intento serio por modernizar el sistema.

A ello se suma el esfuerzo institucional desplegado para acompañar la transición. La emisión de bases estándar, lineamientos técnicos, tableros de requisitos de calificación y factores de evaluación, junto con un importante número de capacitaciones, reflejan que el cambio normativo no se planteó en el vacío. Sobre el papel, el sistema hoy es más sofisticado y mejor estructurado.

Una reforma que ha tenido que ajustarse sobre la marcha

No obstante, este primer año también ha puesto en evidencia que el nuevo régimen no llegó completamente cerrado. La aprobación del Reglamento mediante el D.S. N.° 009-2025-EF fue seguida, en un periodo relativamente corto, por modificaciones relevantes introducidas por el D.S. N.° 001-2026-EF. A ello se suman ajustes en las bases estándar, actualizaciones de los tableros de requisitos y la emisión progresiva de instrumentos complementarios por parte del OECE y la Dirección General de Abastecimiento.

En la práctica, esto ha significado que tanto entidades como proveedores no solo deban adaptarse a una nueva ley, sino a un sistema que ha venido cambiando en tiempo real. Si bien es razonable que una reforma de esta magnitud requiera afinamientos, la rapidez de estos ajustes también revela que varios aspectos del modelo inicial no estaban plenamente aterrizados.

 

Los resultados del sistema: una señal que no puede ignorarse

Más allá del diseño normativo, el comportamiento del sistema durante este primer año ofrece una señal clara sobre su estado actual. De acuerdo con la información disponible en el SEACE, se han convocado más de 67 mil procedimientos de selección, de los cuales el 6.28% han sido declarados nulos y el 17.6% desiertos. En términos generales, esto implica que cerca de uno de cada cuatro procesos no ha alcanzado su finalidad.

Cuando se analiza el detalle por tipo de contratación, la situación resulta aún más exigente. En obras, más de una cuarta parte de los procesos han sido declarados nulos o desiertos, mientras que en consultorías de obra la cifra supera el 30%. Estos niveles no solo reflejan ineficiencia, sino también dificultades estructurales en la preparación y conducción de los procesos.

Detrás de estos resultados se advierten problemas conocidos, pero aún no superados: expedientes técnicos deficientes, requerimientos mal formulados, bases inconsistentes y una aplicación todavía inestable del nuevo marco normativo.

Innovación normativa con baja adopción

Uno de los objetivos centrales de la reforma era introducir mecanismos más eficientes de contratación. Sin embargo, la evidencia muestra que su adopción ha sido limitada. El caso más representativo es el sistema de Diseño y Construcción, cuya utilización en la práctica ha sido prácticamente marginal.

Esto sugiere que, más allá de la norma, las entidades continúan operando bajo esquemas tradicionales, ya sea por falta de capacidades técnicas, por resistencia al cambio o por temor a asumir mayores riesgos en un entorno aún en proceso de estabilización. En otras palabras, la innovación normativa no ha logrado traducirse, al menos por ahora, en innovación operativa.

La cuantía en el SEACE: un problema advertido, pero no corregido

Uno de los temas que ha generado debate en este primer año es la no consignación de la cuantía de la contratación en la ficha del SEACE en diversos procesos de ejecución de obras. Sobre este punto conviene hacer una precisión importante: la cuantía sí forma parte del proceso y se encuentra contenida en las bases; no se trata, por tanto, de una omisión absoluta de información.

Sin embargo, el hecho de que este dato no se visualice en la ficha de convocatoria tiene efectos prácticos que no pueden subestimarse. En la práctica, el proveedor no puede realizar una evaluación preliminar rápida del proceso y se ve obligado a descargar las bases, revisarlas y recién entonces determinar si cuenta con la capacidad máxima de contratación, la experiencia y la capacidad económica necesarias para participar.

Este escenario introduce una carga operativa adicional que, si bien puede parecer menor en un caso aislado, adquiere relevancia cuando se considera que muchos proveedores monitorean múltiples procesos de manera simultánea.

En este punto, resulta pertinente recordar que este problema no ha pasado desapercibido. En este portal se ha advertido en dos oportunidades —en junio y nuevamente en julio de 2025— que un número significativo de entidades venía convocando procesos sin consignar la cuantía en la ficha del SEACE. Pese a ello, la práctica persistió sin que se advierta una respuesta correctiva clara por parte del OECE, lo que evidencia una preocupante desconexión entre la detección del problema y su solución.

Costos innecesarios y saturación del sistema

La consecuencia directa de esta práctica es que el sistema termina trasladando al proveedor costos que podrían evitarse. La necesidad de descargar bases para acceder a información básica implica consumo de tiempo, uso de Internet, gasto de energía y mayor dedicación de recursos humanos para tareas de revisión documental.

Pero el efecto no se limita al proveedor individual. A nivel agregado, esta dinámica genera un incremento innecesario en el tráfico del SEACE, pues múltiples usuarios descargan documentos para obtener un dato que debería estar disponible desde la convocatoria. Esto produce una mayor carga sobre la plataforma, especialmente en horarios de alta demanda, y contribuye a problemas de lentitud o saturación.

Se configura así una ineficiencia sistémica: un dato que debería ser visible de manera inmediata termina generando costos adicionales y uso intensivo de recursos sin aportar valor al proceso de contratación.

Una brecha que persiste entre la norma y la realidad

Si se observa el panorama en su conjunto, el problema central no parece estar en la calidad de la ley, sino en la capacidad del sistema para aplicarla de manera consistente. La Ley 32069 ha elevado el estándar técnico de la contratación pública, pero su implementación ha evidenciado que muchas entidades aún no logran operar con la lógica que el nuevo modelo exige.

En ese contexto, no resulta extraño que los procesos fallen con mayor frecuencia, que las entidades adopten decisiones conservadoras o que se mantengan prácticas heredadas del régimen anterior. El riesgo es claro: un sistema más sofisticado que no necesariamente se traduce en mejores resultados.

El segundo año será decisivo

A un año de su entrada en vigencia, la Ley 32069 se encuentra en una etapa de transición real. Ha demostrado tener una base conceptual sólida, pero también ha dejado en evidencia que su éxito dependerá, en gran medida, de la capacidad de las entidades para mejorar la calidad de sus procesos y de la institucionalidad para cerrar las brechas operativas que aún persisten.

El desafío ya no es normativo, sino de implementación. Si el sistema logra corregir estas distorsiones, la reforma podrá consolidarse. De lo contrario, el riesgo es que el país termine operando bajo un marco más complejo, pero con los mismos problemas de siempre.

Una última reflexión

La Ley 32069 no fracasa por lo que dice, sino por lo que el sistema aún no logra hacer con ella.

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Licita Fácil

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Administrador de Empresas, Asesor y consultor en contrataciones del Estado con más de 26 años de experiencia exclusiva. Fundador de LicitaFácil.pe y presidente de ComprasEstatales.org, promueve la transparencia, la capacitación y las buenas prácticas en las compras públicas del Perú.

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