Cuando se habla de nulidad de oficio en un procedimiento de selección del Estado, puede parecer —al menos en teoría— que se está corrigiendo algo. Que se está protegiendo la legalidad. Que se está velando por la transparencia. Y sí, desde el punto de vista normativo, es una figura válida y necesaria. Pero en la práctica, lo que ocurre es otra cosa: el proceso se cae, los tiempos se estiran, los costos se disparan… y al final, NADIE GANA. TODOS PIERDEN.
En las últimas semanas, cuatro casos distintos —resueltos por el Tribunal de Contrataciones Públicas— han puesto en evidencia una situación que debería preocuparnos más de lo que se comenta: procesos anulados desde la raíz por errores en la elaboración de las bases. Distintas entidades, distintos objetos contractuales, pero una misma historia de fondo. Y una misma consecuencia: retroceder al punto de partida con el tiempo y los recursos ya invertidos… perdidos.
Cuatro procesos, el mismo destino
- Cuando pedir de más complica a todos
En una compra de alimentos para programas sociales, se exigió que los postores presentaran una declaración jurada del fabricante autorizando el uso de sus documentos. El problema: esa exigencia no está prevista por la normativa, ni tenía una justificación clara. En la práctica, limitaba la participación a quienes dependieran de terceros para validar documentación.
¿Resultado? Nulidad del proceso, retrotraído hasta la etapa de Convocatoria. Y, más grave aún, retraso en la entrega de víveres a la población que más los necesita.
- El “sólo nacional” que cerró la competencia
En otro proceso, las bases establecieron que sólo se admitirían productos de origen nacional. No hubo explicación técnica, ni razón que respaldara esa decisión. Lo cierto es que se bloqueó de entrada la posibilidad de ofertar productos importados, reduciendo la competencia sin motivo.
¿El desenlace? Otra nulidad de Oficio. Meses de trabajo en vano y un nuevo cronograma por delante, con los beneficiarios del Programa esperando.
- El saco de 50 kilos que dejó a muchos fuera
En una contratación de arroz, las bases especificaron que el producto debía presentarse únicamente en sacos de 50 kilos y de determinadas variedades. Ni una línea justificando por qué. Otras presentaciones y tipos, que perfectamente podían cumplir con el objetivo, fueron descartadas de plano.
¿Consecuencia? Anulación del proceso. Y sí, otro golpe a la cadena de abastecimiento de un programa social al tener que realizarse una nueva Convocatoria del Procedimiento de Selección, previa reformulación de Bases.
- Servicios con criterios que no correspondían
En un cuarto caso, se trataba de contratar un servicio de Seguridad especializado. Las bases incluyeron un criterio de calificación al personal clave que no figuraba en los documentos estándar aprobados por el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado, OSCE, ni fue debidamente sustentado. Se trataba de un elemento adicional que condicionaba la calificación de los postores sin fundamento firme y que determinó la descalificación del Postor que impugnó el Procedimiento de Selección.
¿Qué pasó? Nuevamente, el Tribunal intervino de oficio y ordenó reiniciar el procedimiento desde la convocatoria. Otra vez, tiempo perdido y necesidades aún sin satisfacer.
Se pudo evitar
Sí. Todos estos errores eran evitables. Existen mecanismos dentro del propio Procedimiento de Selección que permiten corregir a tiempo lo mal planteado:
- Las consultas y observaciones a las bases,
- La solicitud de supervisión al OSCE,
- El control preventivo del Órgano de Control Institucional.
Pero lo preocupante es que muchas empresas no los utilizan. Algunas por desconocimiento, otras porque subestiman su importancia. Y hay quienes, incluso contando con abogados o asesores externos, deciden no involucrarlos en la revisión de bases. Prefieren dejar que el área comercial prepare la oferta, confiando en que todo está bien. Y cuando llega el golpe —la anulación— ya no hay forma de recuperar lo perdido.
¿Y quién pierde realmente?
- La entidad pública, que deberá rehacer el proceso, responder ante sus órganos de control y justificar por qué no se ejecutó el gasto.
- Los proveedores, que invirtieron tiempo, dinero y expectativas en participar.
- El sistema de contrataciones, que se ve desgastado y menos eficiente.
- Pero, sobre todo, la ciudadanía, que queda desatendida. Porque mientras se reinicia todo, los bienes no llegan, los servicios no se prestan y las soluciones se siguen postergando.
Resulta paradójico que incluso los postores que obtienen una decisión “favorable” mediante la declaración de nulidad —tras interponer el recurso de apelación— no tengan certeza alguna de adjudicarse la Buena Pro en el nuevo procedimiento que deberá convocarse. Ello, sin perjuicio de los costos asumidos por su participación en el procedimiento declarado nulo y por la interposición del recurso. Si bien la nulidad permite restituir la legalidad, lo cierto es que el perjuicio ya ha sido causado.
¿Qué habría que cambiar?
Para que estas nulidades no se sigan repitiendo —con todo el daño que implican— es necesario actuar desde ambos frentes: el Estado y los proveedores.
Desde la entidad:
- Revisar las bases con mayor rigurosidad antes de su publicación. No se trata de copiar y pegar formatos, sino de adecuarlas correctamente a las necesidades del servicio o bien, respetando la normativa vigente.
- Capacitar permanentemente al personal responsable de elaborar, revisar y aprobar las bases. La experiencia ayuda, pero no reemplaza al conocimiento técnico-jurídico que estos procesos exigen.
- Involucrar activamente al órgano de control interno, no solo como observador posterior, sino como actor preventivo que pueda alertar sobre inconsistencias antes de que sea demasiado tarde.
- Documentar y compartir internamente las lecciones aprendidas de cada nulidad. No pueden quedarse en anécdotas o casos aislados; deben convertirse en referentes institucionales.
- Asumir responsabilidad funcional cuando los errores son reiterativos. La reincidencia no puede seguir pasando desapercibida bajo la excusa del descuido.
- Escuchar a los especialistas. Incorporar a asesores legales, técnicos y externos durante la formulación de bases no es una opción, sino una necesidad. Prevenir una nulidad puede ser simple y económico si se actúa a tiempo, pero extremadamente costoso si se ignora.
Desde los proveedores del Estado:
- Leer cuidadosamente las bases y participar activamente en la fase de consultas y observaciones. Es la única forma de corregir a tiempo lo que podría terminar en una nulidad.
- Solicitar supervisión al OECE cuando detecten disposiciones contrarias a la normativa. Este derecho existe y debe usarse estratégicamente, no solo cuando ya hay perjuicio.
- Involucrar a sus propios asesores o estudios jurídicos en la revisión de bases. Muchos errores se podrían detectar antes, si los expertos fueran parte del proceso desde el inicio.
- No asumir que todo está en regla solo porque se publicó la convocatoria en el SEACE. La publicación no garantiza legalidad; la revisión crítica sí.
Conclusión: la nulidad como espejo de lo que no debe pasar
La nulidad de oficio no repara nada. Solo obliga a empezar de nuevo. No entrega alimentos, no da seguridad, no mejora servicios. Y aunque legalmente esté bien, en términos de gestión pública, es una señal de alerta.
Cuando los procesos se caen uno tras otro por errores en las bases, el problema no está en el Tribunal ni en sus decisiones. El verdadero problema comienza mucho antes, en la forma en que se preparan las reglas del juego desde la entidad convocante. Es un síntoma de algo más profundo: algo estamos haciendo mal desde el origen. Y si no corregimos eso, vamos a seguir perdiendo todos… una y otra vez.
Porque cuando se anula un proceso por errores que se pudieron evitar, nadie gana. Todos pierden. Y los más perjudicados ni siquiera tienen voz: sólo les queda esperar.
Fuente Licita Fácil
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