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Acuerdo Marco: ¿Vía adecuada de contratación?

Acuerdo Marco: ¿Vía adecuada de contratación?

El viernes 25 de noviembre, el Congreso de la República emitió la orden de comprar 980 computadoras por un monto de S/5 millones mediante los Catálogos Electrónicos de Acuerdo Marco. Ese mismo día, el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE) publicó una resolución donde estableció como límite que las compras realizadas bajo dicha modalidad deben ser por debajo de S/400 mil y que las entidades que la utilicen deberán sustentar la elección de su proveedor. La vigencia de dicha norma es a partir del día siguiente, es decir, sábado 26 de noviembre.

Si bien, dicha compra se canceló, han surgido las siguientes interrogantes: ¿Qué son los Acuerdo Marco? ¿Qué productos pueden ser adquiridos mediante dicha modalidad? ¿Es un mecanismo adecuado para garantizar compras sin corrupción?

Acuerdo Marco

El Acuerdo Marco es una modalidad especial de contratación que se realiza mediante un Catálogo Electrónico que contiene un listado de bienes y servicios sobre los cuales una entidad debe contratar sin necesidad de realizar un procedimiento de selección.

En este caso, el Congreso ordenó la compra de 980 computadoras a la empresa Grupo Coresol. Como ya se mencionó, dicho monto era superior al límite establecido por la OSCE (S/400 mil), sin embargo, la norma genera efectos jurídicos desde el sábado 26 de noviembre, es decir, toda compra realizada hasta el viernes 25 del mismo mes era válida.

Si la adquisición es mayor de S/400 mil, esta deberá realizarse mediante Licitación Pública o Concurso Público, según corresponda. Sin embargo, para la adquisición de bienes de ayuda humanitaria siempre se utilizará el mecanismo de Acuerdos Marco, sin importar el monto.

Quien se encarga de realizar el proceso de selección de proveedores y productos, contenidos en el Catálogo Electrónico, es la Central de Compras Públicas ‘Perú Compras’. Asimismo, los Acuerdo Marco vigentes hasta el momento permiten adquirir los siguientes bienes: útiles de escritorio, emisión de boletos electrónicos para transporte aéreo nacional de pasajeros, bienes de ayuda humanitaria, impresoras consumibles y accesorios, computadoras de escritorio, portátiles y escáneres.

Debilidades en Acuerdo Marco

Para el abogado Ramón Huapaya, profesor de derecho administrativo de la PUCP, el Acuerdo Marco es un buen sistema ya que permite acceder a bienes de forma rápida sin utilizar un proceso de selección. Sin embargo, la economía a escala no siempre es la adecuada ya que los productos estandarizados a veces no responden a lo que una entidad necesita.

Además, opina Huapaya, es una modalidad desarrollada al margen de la Ley de Contrataciones del Estado por lo que no cuenta con el grado de transparencia ni publicidad que tienen los procesos regulares. “Yo creo que el mecanismo es bueno pero debe haber una mayor publicidad para que haya la mayor cantidad de competencia y así, hayan mejores posibilidades para que el Estado compre un bien”, señala.

Mayor riesgo de corrupción

Para Mónica Yaya, expresidenta del Tribunal de Contrataciones del OSCE, los riesgos de corrupción se pueden centrar tanto en los Acuerdo Marco, como en la ejecución de obras públicas, donde éstas se inician con precios bajos para eliminar la competencia y así en el camino ir incrementando los montos.

Respecto a los Acuerdo Marco, la abogada afirma que se debe sustentar por qué ciertos bienes, como computadoras, forman parte de la lista del catálogo electrónico: “Entiendo que los bienes de ayuda humanitaria formen parte de dicho catálogo porque requieren ser comprados con rapidez frente a situaciones de urgencia”. Por ejemplo, agrega Yaya, “en un momento de emergencia, INDECI necesita comprar mediante este mecanismo pues no le daría el tiempo de realizar un proceso de selección”.

Licitación y concurso público

La licitación y el concurso público son modalidades regulares de contratación regulados por la Ley de Contrataciones del Estado y su reglamento. Ambos tienen diferencias. El primero es utilizado solo para la contratación de bienes y obras públicas, por ejemplo la compra de un satélite o la construcción de una carretera. En cambio, el concurso público se utiliza para la contratación de servicios y consultorías.

Las entidades públicas también pueden optar por convocar licitaciones con precalificación en la ejecución de obras cuyo valor referencial de contratación sea igual o mayor a S/20 millones. Esta modalidad de licitación tiene como objetivo seleccionar de forma previa a proveedores que cuenten con calificaciones suficientes que permitan ejecutar el contrato de obra e invitarlos a presentar sus ofertas.

Fuente Perú21

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2 Comments

  • Luis , 5 enero, 2017 @ 9:12 am

    Wilmer opino lo contrario mas controles mas corrupción.

  • Wilmer , 4 enero, 2017 @ 10:32 am

    Las compras por Convenio Marco son adquisiciones que amparan la corrupción al 100℅

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