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Tres Universidades Particulares con inhabilitación para Contratar con el Estado

Tres Universidades Particulares con inhabilitación para Contratar con el Estado

osce_localEn la Relación de inhabilitados para contratar con el Estado con sanción vigente, que administra el Organismo Supervisor de Contrataciones del Estado (OSCE), apreciamos que se ha incluido a tres Importantes Universidades Particulares.

En los registros del OSCE se observa que la Pontificia Universidad Católica del Perú,  la Universidad ESAN y la Universidad Peruana Cayetano Heredia han sido sancionadas con inhabilitación temporal para contratar con el Estado por la causal prevista en el literal a) numeral  51.1  del artículo 51º del D.L. Nº 1017- Ley de Contrataciones del Estado:  “No mantengan su oferta hasta el consentimiento de la Buena Pro, de resultar ganadores hasta la suscripción del contrato, no suscriban injustificadamente el contrato o acuerdo de Convenio Marco, o no reciban injustificadamente al orden de compra o de servicio emitida a su favor”.

Las sanciones impuestas por el Tribunal de Contrataciones del Estado oscilan entre 6 y 7 meses con 10 días, y en todos los casos fueron impuestas por no haber presentado la documentación completa para suscribir el contrato dentro de los Plazos Establecidos en el artículo 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado modificado mediante Decreto Supremo N° 138-2012-EF, el que establecía que “Dentro de los siete (7) días hábiles siguientes al consentimiento de la Buena Pro, sin mediar citación alguna, el postor ganador deberá presentar a la Entidad la documentación para la suscripción del contrato prevista en las Bases. Asimismo, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la presentación de dicha documentación, deberá concurrir ante la Entidad para suscribir el contrato”

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Como se recuerda antes del 20 de Setiembre del 2012 el artículo 148º Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, estipulaba que: “Dentro de los dos (2) días hábiles siguientes al consentimiento de la Buena Pro, la Entidad deberá citar al postor ganador, otorgándole el plazo establecido en las Bases, el cual no podrá ser menor de cinco (5) ni mayor de diez (10) días hábiles, dentro del cual deberá presentarse a la sede de la Entidad para suscribir el contrato con toda la documentación requerida.”

Cabe mencionar que mediante Decreto Supremo Nº 080-2014-EF publicado en el diario Oficial El Peruano el 22 de Abril del 2104 se modifica nuevamente el artículo 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del estado (Vigente a la fecha) el cual señala en su numeral 1) que: “Dentro del plazo de doce (12) días hábiles siguientes al consentimiento de la Buena Pro o cuando esta haya quedado administrativamente  firme, debe suscribirse el contrato. Dentro del referido plazo: a) El postor ganador debe presentar la totalidad de la documentación prevista en las Bases, b) La Entidad, de corresponder, solicita la subsanación de la documentación presentada y c) El postor ganador subsana las observaciones formuladas por la Entidad”

De esta manera se ha flexibilizado el Procedimiento para la suscripción del Contrato con la Entidad, teniendo en cuenta que, desde la entrada en vigencia del Decreto Supremo N° 138-2012-EF, un considerable número de Proveedores han sido sancionados con inhabilitación para Contratar con el Estado por causas similares al de estas Tres Universidades.

Nos preguntamos: ¿Cuántas Oportunidades de Negocio pierde un Proveedor por haber sido sancionado con inhabilitación para Contratar con el Estado?

Este escenario debe hacer reflexionar a los Proveedores del Estado sobre la importancia de Contar con el Asesoramiento especializado que les permita estar informados sobre los cambios en la Normativa en materia de Contrataciones Estatales y contar con la asistencia oportuna en cada una de las Etapas del Proceso de Contratación Pública, a fin de evitar sanciones de tipo administrativas como la que nos ocupa, civiles o hasta del tipo Penal.

Nuestra Asociación Ofrece un Plan de Asesoría Integral en Contrataciones del Estado que incluye un Sistema de Alertas de Oportunidades de Negocios con el Estado, monitoreando todo el Proceso de Contratación Pública hasta la liquidación del Contrato respectivo, nuestro staff multidisciplinario de Profesionales, con más de Doce años de Experiencia en el Sector Público y Privado Nacional, son nuestra mejor Carta de Presentación.

No solo nos interesa que nuestros clientes Obtengan la Buena Pro de un determinado Proceso de selección, nuestra principal preocupación es que mantengan un crecimiento Empresarial sostenido como Buen Proveedor del Estado.

Solicite Informes a asesoria@comprasestatales.org

Editor

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