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Contratación pública y corrupción en Perú

Contratación pública y corrupción en Perú

El Parlamento estudia un proyecto de Ley de Contrataciones remitido por el Ejecutivo, el proyecto tendrá éxito en evitar la corrupción.

Desde que se publicara la ‘Historia de la Corrupción en el Perú’, del profesor Alfonso Quirós, quedó evidenciada esa “pandemia” cuyo virus apareció desde la etapa Colonial.

Tomemos como ejemplo histórico uno de los peores contratos públicos, me refiero a los contratos de Ferrocarriles suscrito por los Gobiernos de Pedro Diez Canseco y José Balta y contrato de Impresión de billetes y valor monetario, Gobierno de Mariano Ignacio Prado, todos suscritos con Henry Meiggs Willians, Norte Americano, (1811 – 1877).

Se calcula que el monto total de las ‘coimas’ pagadas por Meiggs fueron de S/. 10’000,000.00 de esa época, más o menos $ 205’000,000.00 actuales, las mismas que se acreditan en una relación detallada de nombres y pagos que realizaba, los cuales constan en un llamado libro “Verde” cuyo biógrafo, el Sr. Watt Stewart se encargó de difundir a su muerte.

Tolerantes a los sobornos

Es cierto que corrupción existe en todos los países, se estima que en la Región se pierden en corrupción alrededor de $140 mil millones,  pero será difícil  de igualar al Perú en el número de altas autoridades sentenciadas o detenidas y en proceso judicial por corrupción, la Procuraduría Nacional ha mencionado públicamente que tiene 52,000 procesos de corrupción y lo peor de todo, como dice el periodista y Director de Diarios, Gonzalo Manrique Godoy. “Las sociedades se han vuelto tolerantes y los sobornos aumentan por la indiferencia del pueblo y los sobornos son el pan diario de los políticos”. A lo que nosotros agregamos, tan populares como desagradables, roba, pero hace obra, o la supo hacer calladito.

‘El meiggs de Sudamérica’

En nuestro país, históricamente el Presupuesto Nacional establece que alrededor de un tercio se ejecuta mediante contratación pública.

La Ley de contratación, para algunos, fue la cómplice de los escandalosos prevaricatos en el famoso caso Lava Jato, como se sabe en el país, hay sentenciados y en proceso judicial, Autoridades, Empresarios, Árbitros, y también en otros países donde operó la Empresa Odebrecht, es decir el ‘Meiggs’ a nivel Sud América.

Eso explica el mayor empeño en modificar la Ley agregándole disposiciones que solo dificultan su cumplimiento, lo que ha  determinado buscar la manera de evitar su aplicación y en la mayoría de las grandes inversiones optar por contratos Gobierno a Gobierno que encarecen significativamente la obra y reduce la competencia, inclusive existe pronunciamiento del Colegio de Ingenieros que observa esa contratación, las Autoridades lo ignoran, sería asumir la responsabilidad de la contratación, lo cual se ha vuelto un peligro por la inseguridad laboral que significa el continuo cambio de funcionarios y la fiscalización de la Contraloría, cuyo participación debe modificarse conforme lo hemos indicado en otras oportunidades y veremos más adelante.

El supervisor de la obra

En la contratación pública, intervienen aparte de la Entidad estatal y el Contratista, la Contraloría General aprobando adicionales y controlando su ejecución, la OSCE como supervisor de las contrataciones y a través del Registro de Proveedores, Bases modelo, Tribunal de Contrataciones en las apelaciones y en las sanciones, el Supervisor en la obra, La Procuraduría en las conciliaciones, arbitrajes y procesos judiciales, los Árbitros en los conflictos, la Junta de Resolución de disputas en controversias técnicas de contratos con valor significativo y el Poder Judicial en Apelaciones de Laudo.

Son muchas Entidades que obligatoriamente o en conflictos   intervienen, si a ello adicionamos que la Ley contiene normas reglamentarias impropias de su nivel legislativo, además un Reglamento, frondoso, Directivas del OSCE, Acuerdos y Opiniones del Tribunal de Contrataciones, tenemos una colección de disposiciones exuberante y difícil de comprender, lo que es peor en un país como el nuestro con grave carencia de educación y comunicación.

Abogados defensores y su carga

Como se dice a grandes males, grandes remedios, se propone lo siguiente:

  • Excluir la participación de Procuradores en los conflictos, son funcionarios con suficiente trabajo en procesos judiciales, encima tienen dificultades en asumir la defensa de Entidades que están mejor capacitadas para entender el problema, generalmente técnico, peor aún la responsabilidad se diluye cuando existe más de un responsable en el proceso, además, la Entidad es la mayor interesada en la solución, por lo que ella debe asumir su defensa, tal como era antes de la modificación.
  • Reducir las funciones del Tribunal de Contrataciones, a solo aplicar sanciones, su intervención casi siempre ha retrasado la solución de los conflictos, los plazos generalmente exceden del Reglamento, los Acuerdos de Sala Plena y absolución de consultas, no siempre guardan uniformidad y restan claridad a la interpretación de las normas.

La Contraloría General asumirá la última Instancia administrativa o sea Recursos de Revisión, cuando el monto de la Licitación tenga un valor significativo, esta propuesta, no es original está tomada del vecino país sureño, Chile tiene no solo una notoria mejor ubicación en el listado de países con mayor índice de corrupción que realiza el Banco Mundial, sino también es uno de los pocos países donde no logró penetrar Odebrecht.

Entendemos que esta propuesta significa modificaciones legales importantes y naturalmente la oposición de la Contraloría, pero será su oportunidad para demostrar que es la primera en determinar la corrupción y no se entera por los medios de comunicación.

  • La Ley ha seguido la misma organización del primer Reglamento de Licitaciones y Contratos de Obras Públicos, el RULCOP, que era aprobado por Decreto Supremo, por ser mayoritariamente un Reglamento, y que erróneamente se le daba fuerza de Ley. Por ello debe excluirse las propias de Reglamento.
  • La participación de la Junta de Resolución de Disputas debe ser acuerdo de partes y no obligatoria, toda vez que encarece las obras, en muchos casos innecesariamente, se trata de otra Supervisión, no siempre mejor calificada.

Finalmente, el otorgamiento de la Buena Pro debe regresar al promedio de la propuesta económica, dar el contrato al menor precio la experiencia nos dice que son contratos problemáticos o que no terminan.

Por Augusto Millones Santa Gadea

Fuente Diario Expreso

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