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“Se dispuso la nulidad del contrato porque la contratista vulneró el principio de presunción de veracidad”

“Se dispuso la nulidad del contrato porque la contratista vulneró el principio de presunción de veracidad”

Miguel Vásquez Gonzáles, alcalde de la Municipalidad Distrital de Trompeteros, juntamente con su administrador, Huber Rodríguez Altamirano, referente a la publicación aparecida en nuestro diario hace una semana, en donde se hace referencia a presuntas irregularidades en la obra “Mejoramiento, Ampliación del Sistema de Agua Potable y Saneamiento de Villa Trompeteros”, así como sobre la medida cautelar presentada por la empresa contratista “Consorcio Agua Potable Villa Trompeteros” ante el Segundo Juzgado Civil de Maynas, pidió dar su versión de los hechos para aclarar la misma.

“No existe denuncia alguna contra la Municipalidad Distrital de Trompeteros por presuntos actos irregulares en esta gestión, y que la resolución Nº 017-2017-ALC-MDT y mediante carta notarial, se comunica la disposición de declarar la nulidad de oficio del Contrato Nº 004-2016-MDT que motivó la medida cautelar presentada por la contratista, donde el juez resuelve que la municipalidad deberá mantener el statu quo hasta que se instale el tribunal arbitral, debiendo la entidad abstenerse a licitar el mismo objeto de contratación y la no ejecución de las cartas fianzas presentados por el contratista para la firma del contrato y los adelantos, directo y de materiales.

La procuradora municipal, abogada Rosee Apagüeño Aspajo, facultada por el Concejo Municipal, con fecha 09 de marzo del 2017, interpuso la oposición a la medida cautelar ante el Segundo Juzgado Civil de Maynas, en su artículo segundo dice, de acuerdo a los actos de control, efectuados por la MDT posterior a la firma del contrato, se tiene el informe Nº 020-2017-ULP/GAF-MDT que da cuenta que la documentación presentada por el contratista , en su oferta no cumplía con los profesionales requeridos , tampoco estos profesionales cumplían con el tiempo de servicio que estipulaban las bases; es decir, se ha trasgredido el principio de presunción de veracidad, por lo que el art. 44 inc b) de la Ley de Contrataciones del Estado vigente a la firma del contrato, dice; que en cuanto se verifique la transgresión del principio de presunción de veracidad, la entidad convocante puede declarar el contrato nulo de oficio; además, la oposición a la medida cautelar en su artículo tercero indica que la empresa contratista acepta haber transgredido el principio de presunción de veracidad al no haber impugnado en sede administrativa la resolución 017-2017-ALC-MDT que declaraba nulo el contrato.

El pueblo de Trompeteros y sus autoridades confían en el Poder Judicial y esperamos que el juez Sergio del Águila Salinas deje sin efecto la medida cautelar interpuesta por el consorcio, ya que atenta contra la autonomía de los gobiernos locales que está garantizada en la Constitución y la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, va en contra de la población más pobre del distrito que durante 40 años ha esperado contar con el servicio elemental del agua potable, pues el agua que actualmente consumen está contaminado con metales pesados de acuerdo a los informes del Ministerio de Salud. Apelamos a la conciencia del juez para que no perjudique a mi pueblo”, refirió el alcalde.

En cuanto al tema del arbitraje, la autoridad edil dijo que la municipalidad no ha sido notificada válidamente, pues se hizo la apertura de los sobres dejados en las instalaciones de la oficina municipal en Villa Trompeteros sin cargo alguno, en los cuales solo hubo papeles en blanco, según da fe el juez de Paz de Villa Trompeteros, entre otras personas que estaban en el lugar, mediante acta de apertura de sobres.

“Además, la Resolución Nº 018-2017-ALC-MDT del 02.02-2017 resolvió el contrato de consultoría para la supervisora de la obra por causal imputable a la empresa contratista, al haber incumplido las obligaciones contractuales, legales y obligatorias a su cargo, y se aplicó la penalidad de S/. 141,750.00 sobrepasando el 10% del monto contratado.

Con relación a las valorizaciones, no es cierto la afirmación de la contratista, porque la Municipalidad Distrital de Trompeteros observó las valorizaciones Nº 01 y 02 en donde se invoca a la supervisión a cumplir con sus funciones, según estipula su contrato, devolviendo las mismas para que sean reestructurados por no estar de acuerdo los metrados a la ejecución real de la obra, caso contario se aplicarían las multas respectivas.

Referente al adelanto de materiales, la empresa contratista el 19 de diciembre del 2016 solicitó adelanto de materiales que fue denegada por la municipalidad por presentar información indebida y por utilizar fórmulas polinómicas que no están en el expediente técnico formulado, por lo que la contratista tuvo que subsanar las observaciones y posteriormente se hizo el adelanto de S/. 3’950,000.00.

Es preciso indicar que la Municipalidad Distrital de Trompeteros el 01 de marzo del 2017 interpuso denuncia ante el Primer Juzgado Civil de Maynas por daños y perjuicios a la empresa contratista por S/.3’080.000 ya que el daño patrimonial ocasionado es de S/.2’080,000.00 y el daño moral es de S/1´000,000.00 que será repartido a la población de Villa Trompeteros que se vio afectada por la no ejecución de la obra”, indicó el alcalde.

Informó, además, que el 30 de enero de este año se promulgó el DS Nº 078-2017-EF que aprueba el nuevo financiamiento del Proyecto “Mejoramiento, Ampliación del Sistema de Agua Potable y Saneamiento de Villa Trompeteros”.

“Lo que demostraría que las acciones hechas por la Municipalidad de Villa Trompeteros se ajustan a las normas y el por qué se resolvió el contrato con la empresa contratista. De igual forma el DS Nº 003-2017-MIDIS aprobó la lista de 236 capitales distritales con la finalidad de cerrar las brechas en agua potable, saneamiento, electrificación y telecomunicaciones, donde con el Nº 118 está la localidad de Villa Trompeteros, por lo que la media cautelar interpuesta por la empresa contratista está en contra de las políticas de Estado”, refirió.

También agregó que la denuncia por el tema del impuesto predial 2015 fue cuando el administrador edil era el abogado Jimmy Yllescas Borbor; sin embargo, han presentado toda la documentación requerida a la fiscalía anticorrupción de Nauta que es la que está investigando el caso y que se encuentran confiados en la no comisión de algún delito.

Para hacer conocer sobre este tema, la municipalidad de Villa Trompeteros, mañana martes a las 10 de la mañana dará una conferencia de prensa que se realizará en el auditorio del hotel Samiria, donde estarán todos los funcionarios de la corporación edil. (Gonzalo López)

Fuente Diario La Región

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