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Modifican el reglamento de las contrataciones del Estado

Modifican el reglamento de las contrataciones del Estado

El Poder Ejecutivo modificó el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado para adecuarlo a los recientes cambios legislativos efectuados a la normativa sobre compras públicas.

Así, estableció, por ejemplo, que los procesos de contratación para la ejecución de obras de saneamiento se podrán desarrollar en plazos diferentes a los fijados en forma inicial.

Dicho poder del Estado, mediante decreto supremo, podrá determinar esos nuevos plazos, siempre y cuando se trate de procedimientos estandarizados previamente aprobados por el sector, con sujeción al marco legal vigente.

Aquella norma complementaria deberá ser refrendada por el presidente del Consejo de Ministros, los titulares de Economía y Finanzas y de Vivienda, Construcción y Saneamiento, señala el Decreto Supremo N° 056-2017-EF que modifica el citado reglamento.

Impedimentos

Esta norma modificatoria precisa, además, que estarán impedidos de contratar con el Estado por prácticas corruptas las personas jurídicas, cuyos representantes legales o personas vinculadas hayan sido condenados en el país o en el extranjero, mediante sentencia consentida o ejecutoriada, por delitos de concusión.

De igual forma, no podrán contratar con el Estado si aquellos sujetos han sido condenados por peculado, corrupción de funcionarios, enriquecimiento ilícito, tráfico de influencias, delitos cometidos en remates o procedimientos de selección o delitos equivalentes en otros países.

Tampoco podrán participar en compras públicas las personas jurídicas o sus vinculadas que, directamente o mediante sus representantes legales, hubiesen admitido o reconocido la comisión de cualquiera de dichos delitos ante alguna autoridad nacional o extranjera competente.

Además, no podrán contratar con el Estado los consorciados cuyos representantes legales o personas vinculadas hayan sido condenados en el país o en el extranjero mediante sentencia consentida o ejecutoriada por los referidos ilícitos, o hayan admitido o reconocido haberlos cometido ante la autoridad nacional o extranjera competente.

A su vez, la norma modificatoria introduce pautas sobre la modalidad mixta en la contratación pública, el recurso de anulación en las compras del Estado y la fiscalización de la información registral.

Registro de proveedores

La vigencia de la inscripción del proveedor en el Registro Nacional de Proveedores se suspenderá cuando aquel incumpla su deber de actualizar su información legal, financiera o técnica; cuando la evaluación de su información financiera resulte insolvente, y si lo solicita.

Los proveedores que no cuenten con inscripción vigente, podrán reactivarla mediante la presentación y acreditación ante el citado registro de la información legal, financiera y técnica, según corresponda.

Habrá evaluación previa para la reactivación de la vigencia de la inscripción para los consultores y ejecutores de obras, debiendo acreditar su información legal, financiera y técnica, según corresponda, conforme a los requisitos preestablecidos. En cambio, la reactivación de la vigencia de la inscripción para los proveedores de bienes y servicios será de aprobación automática.

Apuntes

El Decreto Supremo N° 056-2017-EF regirá a los 15 días contados a partir de su publicación.

Las disposiciones sobre impedimento para contratar por razones de prácticas corruptas, incorporadas al Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado rigen desde hoy.

El OSCE otorgará vigencia indeterminada a la inscripción en el Registro Nacional de Proveedores.

Fuente El Peruano

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1 Comment

  • Eduardo , 20 marzo, 2017 @ 4:41 pm

    Debería agregarse, sanciones para los Comités de Selección(miembros) que se aprecie estén manipulando los procesos de selección, aún se mantienen en diferentes estamentos del estado, Municipalidad de San Isidro(por eje.) que tratan de dirigir licitaciones, cuando se trata de propiciar la participación de mayor número de postores, al contrario, restringen su concurso, con evidente y malicioso accionar.

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