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Detectan irregularidades en el pintado de la Dret

Detectan irregularidades en el pintado de la Dret

Una serie de irregularidades detectó el Órgano de Control Institucional (OCI) de la Dirección Regional de Educación de Tumbes (Dret) en el proceso de contratación del servicio de pintado de la referida entidad.

Tras realizar una acción simultánea sobre el mencionado servicio, el personal del OCI confirmó que la Dret financió la actividad con el presupuesto exclusivo de un programa educativo, poniendo en riesgo el cumplimiento de sus metas, debido a la utilización de sus recursos. Además, el contratista no cumplió con terminar el trabajo en el tiempo establecido. A ello se le suma que tampoco cumplía con el perfil para ejecutar la actividad. Asimismo, se advirtió inconsistencias en la documentación.

FIRMA DE CONTRATO. A través del pedido de servicio N° 01244 del 30 de diciembre del 2017 suscrito por la directora de gestión pedagógica de la Dret, Yéssica Mercy Maceda Garrido y la exadministradora de la entidad, Gaby Roque Querevalú, se requirió el “Servicio de pintado en general que incluye resanar, empastar, lijar, pintar las áreas administrativas del PP 0090 incluyendo 4 ambientes administrativos y una sala de reuniones”, por un valor de S/ 29,960.00, generando la orden de servicio N°0001192 del 30 de diciembre del año pasado y el contrato de prestación de la actividad entre la Dret y la empresa Mak PC Enterprise S.A.C.

Por parte de la Dret, el jefe de abastecimiento Selvi Argote Cárdenas procedió con la celebración del contrato, junto con Moisés López Olivera, representante de la empresa.

PRESUPUESTO. En el informe N°002-2018-OCI/0747-AS se precisa que la Dret financió el servicio de pintado con presupuesto que forma parte del programa 0090 denominado “Logros de aprendizaje de estudiantes de la educación básica regular“, ocasionando el riesgo de disminución de recursos para el cumplimiento de las metas estipuladas en dicho programa.

Para la contratación del servicio se emitió la certificación de crédito presupuestario N°0000002034”, con fecha 30 de diciembre del 2017, por un monto de S/ 29,960.00 con cargo presupuestal del programa “Logros de aprendizaje de estudiantes de la educación básica regular“. Entendiéndose de esa manera que la actividad se prestaría exclusivamente para el mejoramiento de las áreas administrativas del programa de la Dret.

“No obstante, se revisó la documentación que forma parte del comprobante de pago N°3176-DRET, del 13 de febrero del presente año, en el que se evidenció que el servicio de pintado no se realizaría únicamente a las áreas administrativas del programa 0090, sino también incluía el pintado externo de la sede”, según se lee en el informe.

De ese modo, se detalla una transgresión a la Ley General del Sistema de Presupuesto.

PLAZO. Otra de las observaciones detectadas en el informe es el incumplimiento del plazo acordado para terminar con los trabajos.

“El servicio de pintado de la entidad se ejecutó fuera del plazo establecido y sin contar con contrato adicional, existiendo el riesgo de haber realizado el pago sin aplicar mecanismos de desincentivo objetivos, razonables y congruentes”, destaca en el documento elaborado por el Órgano de Control Institucional de la Dret.

En ese sentido, se pone de manifiesto que según la cláusula segunda del contrato de prestación de servicio los trabajos debieron haberse realizado durante 20 días laborables, contando a partir del 30 de enero del presente año.

No obstante, cabe señalar que el Reglamento de Contrataciones del estado especifica que ”durante la ejecución contractual los plazos se computan en días calendarios”.

Por tal motivo, el contrato empezó a regir desde el 30 de enero, por lo que de acuerdo a la Ley de Contrataciones del Estado y al Código Civil, el servicio debió concluir el 19 de febrero, pero no fue así.

Además, mediante el acta N°001-2018-CG/OCI-DRET- AS- LAM del 28 de febrero se constató junto al jefe de abastecimiento de la Dret Selvi Argote, que se continuaba con el pintado interno y externo de la entidad.

Esta situación evidenció que hasta esa fecha aún no se culminaba el servicio de pintado, habiendo ocurrido como plazo adicional nueve días calendario.

PERFIL. Al ser una actividad de pintado, es recomendable que para tal fin, el contratista se encuentre acreditado para una actividad económica que guarde similitud con dicho servicio.

Sin embargo, en la verificación realizada en el portal de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administracion Tributaria (Sunat) se identificó que la empresa Mak PC Enterprise S.A.C., cuenta únicamente con las actividades de telecomunicaciones, otras actividades de tecnología de la información y de servicios informáticos, así como venta al por mayor no especializada.

Por lo tanto, se deduce que la actividad económica que posee la empresa no guarda relación con el perfil que debió contar para la ejecución del servicio, a pesar de ello, la Dret firmó el contrato.

INSEGURIDAD. En una inspección realizada por la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) se detectó que los trabajadores no contaban con las medidas de seguridad necesaria y en su mayoría eran de procedencia extranjera.

El caso fue derivado a la Dirección Regional de Trabajo, ya que por el número del personal laborando formaba parte de su competencia.

En su momento, el exdirector regional de Trabajo, Henry Garay, quien ahora se desempeña como gerente de la comuna de Tumbes, manifestó que el personal extranjero que labora en una empresa no debía superar al 20% del número total de empleados; además, el dueño de la empresa estaba en la obligación de realizar un trámite en la entidad regional así como de efectuar un importe económico, hecho que no había sido realizado por la contratista, ni sancionado por la dirección de Trabajo.

Fuente Diario Correo

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