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Proponen cambios en normativa para dar celeridad a obras públicas

Proponen cambios en normativa para dar celeridad a obras públicas

La lentitud de inversiones en obras públicas como la construcción de hospitales, colegios, puentes, carreteras y servicios básicos tendría su origen en fallas en el marco normativo que regula los costos de preinversión de los proyectos, ejecución contractual de estudios definitivos, consultoría, entre otras restricciones.

El presidente de la Asociación Peruana de Consultoría (APC), Elías Tapia, indicó que esta situación requiere de cambios puntuales del marco normativo que regula las inversiones en obras. Así podrá cerrarse la brecha en infraestructura de salud, educación, transporte y saneamiento que existe actualmente, indicó.

Hizo hincapié en que la deficiencia de las normas ha causado -en parte- la paralización de 2298 obras por un monto de inversión superior a los 26 mil 992 millones de soles, según el Reporte de obras paralizadas en el territorio nacional de enero del presente año, elaborado por la Contraloría General.

Durante su intervención en el conversatorio Cambios normativos en consultoría, organizado por el Colegio de Ingenieros del Perú,  Tapia señaló que desde la APC se viene promoviendo dichos cambios, tanto a nivel del Ejecutivo como del Legislativo, en el marco del proyecto de la nueva Ley de Contrataciones del Estado que se viene trabajando en el Congreso.

Mencionó que entre los problemas que afectan la celeridad en las obras que realiza el sector público, se encuentran los bajos costos de los estudios de preinversión, que genera “estudios deficientes” al permitir ofertas económicas menores al 90% llegando, incluso, a bajar hasta el 55%.

Añadió que otro obstáculo es el deficiente sistema de entregables y bajo costo de ejecución contractual de los estudios definitivos, que termina por generar sobrecostos al consultor y demoras de hasta cuatro años en la revisión y aprobación del proyecto, ocasionando el descontento de la población.

En ese sentido, propuso incorporar el Capítulo de Estudios en el nuevo reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, estableciendo procedimientos proactivos y plazos perentorios en el estudio definitivo, tanto en costo como en procedimientos y en cuanto a alcances para acelerar las obras y terminar con las paralizaciones de los proyectos.

“Mientras en Latinoamérica los estudios definitivos de ingeniería oscilan entre un 3% y 6 % (el mínimo es 3%); en Perú es de 0.51% o 0.85%. Eso, sumado a los bajos costos en estudios de preinversión, acarrea que el proyecto no nazca bien y que todos los errores se trasladen a la etapa de la ejecución de la obra”, indicó, tras proponer un costo mínimo del 3% cuando sea de ingeniería, y del 5% como mínimo cuando haya estudios conexos.

Restricciones por corregir

Asimismo, mencionó que otra dificultad es la conflictividad que hay en la ejecución contractual de obras que se genera por la baja del 10% en la que todos están obligados a ofertar si se quiere ganar la buena pro, sumado a que también se consideran penalidades hasta del 20%, lo cual es desproporcionado. «Este es un sistema leonino que no causa ningún beneficio al país; por el contrario, causa conflictividad», enfatizó.

En tal sentido, propuso retomar algunos artículos de la Ley General de Consultoría y el Reglamento General de Actividades de Consultoría, vigente hasta 1998, en la que la multa máxima era del 5% y la buena pro no se ganaba por la baja económica sino por méritos. «Con esa normativa no se tuvo ningún problema con los estudios definitivos y se hicieron los grandes proyectos nacionales, tales como Chavimochic, Chira Piura, Charcani Cusco», sostuvo.

De igual manera, mencionó las restricciones que afectan la celeridad de las inversiones, a las que calificó de “anticonstitucionales”, por impedir el crecimiento de las empresas y de los jóvenes ingenieros que se dedican a la consultoría.

La actual norma señala que las entidades públicas en sus bases pueden establecer un porcentaje mínimo de participación de cada consorciado, “transgrediendo la ley en cuanto al porcentaje de participación de cada consorciado”, indicó.

Fuente Andina

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